Pide una fianza de 1 millón de € a El Mundo por información infundada

MaTrIx

Dicta la apertura del juicio oral por injurias y calumnias contra los periodistas Eduardo Inda, Esteban Urreiztieta, Santiago González y el entonces director del periódico, Casimiro García Abadillo
La magistrada apunta que las noticias se habían realizado “de forma no contrastada e infundada” y que “no consta que tales informaciones fueran comprobadas de forma diligente”
El auto recoge que " el email publicado aparecía enviado desde el dominio jccm.com, cuando el dominio de la Junta de Castilla-La Mancha es jccm.es"

Fianza récord para una causa de injurias y calumnias. La titular del juzgado de instrucción número 7 de Madrid pide una fianza de un millón de euros a los periodistas Eduardo Inda, Esteban Urreiztieta, Santiago González y, al entonces director de El Mundo, Casimiro García Abadillo, acusados de sendos delitos de injurias y calumnias con publicidad en las informaciones del caso Cuadrifolio, publicadas en 2014 en el rotativo madrileño. La magistrada apunta al diario El Mundo como responsable civil subsidiario en un auto al que podrán presentar un recurso.
que llevó a la quiebra y, posteriormente, al cierre de la empresa.

También solicita una multa de 100 euros diarios durante 24 meses por el delito continuado de calumnias y multa con la misma cantidad diaria durante 14 meses por las injurias.

El caso Cuadrifolio consistía en la supuesta contratación por parte de la Junta de Castilla-La Mancha, presidida por el socialista José María Barreda, de la empresa del mismo nombre, propiedad de Manuel Téllez, para la organización de eventos de manera que sirviera de fuente de financiación ilegal del PSOE mediante facturas falsas e infladas. La premisa del diario era que “Cuadrifolio ha venido a ser para el PSOE lo que Gürtel para el PP”.

El Mundo, que se apoyó en varios correos electrónicos y un testigo, publicó las informaciones entre el 5 y el 8 de mayo de 2014, pero cesó repentinamente con la difusión de una carta de rectificación el día 9 que, según los responsables legales de Cuadrifolio, fue “manipulada, mediante la omisión de numerosos párrafos”.

La Fiscalía de Castilla-La Mancha abrió dos veces diligencias de investigación sobre los contratos supuestamente ilegales entre la Junta y Cuadrifolio pero en ambos casos fueron archivadas. Según la acusación, El Mundo no llegó a publicar el cierre de dichas pesquisas.

Una jueza pide una fianza de un millón de euros a El Mundo por las informaciones "infundadas" del caso Cuadrifolio
Dicta la apertura del juicio oral por injurias y calumnias contra los periodistas Eduardo Inda, Esteban Urreiztieta, Santiago González y el entonces director del periódico, Casimiro García Abadillo
La magistrada apunta que las noticias se habían realizado “de forma no contrastada e infundada” y que “no consta que tales informaciones fueran comprobadas de forma diligente”
El auto recoge que " el email publicado aparecía enviado desde el dominio jccm.com, cuando el dominio de la Junta de Castilla-La Mancha es jccm.es"

Fianza récord para una causa de injurias y calumnias. La titular del juzgado de instrucción número 7 de Madrid pide una fianza de un millón de euros a los periodistas Eduardo Inda, Esteban Urreiztieta, Santiago González y, al entonces director de El Mundo, Casimiro García Abadillo, acusados de sendos delitos de injurias y calumnias con publicidad en las informaciones del caso Cuadrifolio, publicadas en 2014 en el rotativo madrileño. La magistrada apunta al diario El Mundo como responsable civil subsidiario en un auto al que podrán presentar un recurso.

La fianza récord, dentro de la apertura de juicio oral, coincide con la petición de indemnización por parte de la acusación particular de un millón de euros por daños y perjuicios sufridos ya que, según sus abogados, las informaciones de El Mundo provocaron la pérdida de clientes y el cierre de crédito de entidades financieras, lo que llevó a la quiebra y, posteriormente, al cierre de la empresa.

También solicita una multa de 100 euros diarios durante 24 meses por el delito continuado de calumnias y multa con la misma cantidad diaria durante 14 meses por las injurias.

El caso Cuadrifolio consistía en la supuesta contratación por parte de la Junta de Castilla-La Mancha, presidida por el socialista José María Barreda, de la empresa del mismo nombre, propiedad de Manuel Téllez, para la organización de eventos de manera que sirviera de fuente de financiación ilegal del PSOE mediante facturas falsas e infladas. La premisa del diario era que “Cuadrifolio ha venido a ser para el PSOE lo que Gürtel para el PP”.

El Mundo, que se apoyó en varios correos electrónicos y un testigo, publicó las informaciones entre el 5 y el 8 de mayo de 2014, pero cesó repentinamente con la difusión de una carta de rectificación el día 9 que, según los responsables legales de Cuadrifolio, fue “manipulada, mediante la omisión de numerosos párrafos”.

La Fiscalía de Castilla-La Mancha abrió dos veces diligencias de investigación sobre los contratos supuestamente ilegales entre la Junta y Cuadrifolio pero en ambos casos fueron archivadas. Según la acusación, El Mundo no llegó a publicar el cierre de dichas pesquisas.

Información "no contrastada"
La magistrada ya hizo un duro auto de transformación sobre las informaciones del periódico. En su escrito se detalla cómo las noticias se habían realizado “de forma no contrastada e infundada”.

Además hace hincapié en un elemento que resultó fundamental en el desarrollo del caso como fue la publicación de unos correos electrónicos en los que se acusaba a la Junta de dar instrucciones a las empresas de Téllez para eludir los controles: “Dicha información se basaban en unos emails cuya autenticidad no fue contrastada, el email publicado aparecía enviado desde el dominio jccm.com, cuando el dominio de la Junta de Castilla-La Mancha es jccm.es”.

Añade que hay un error en el fechado de los correos "pues se indica que se envió el martes 14 de febrero de 2.007 y dicha fecha ( 14-2-2007) fue un miércoles".

Además, en este auto se apunta cómo el periódico hizo referencia a un juicio anterior en el que Cuadrifolio figuraba como acusado o responsable civil cuando realmente aparecía como testigo, una diferencia que permite argumentar que “no consta que tales informaciones fueran comprobadas de forma diligente”. En este juicio, el entonces alcalde de Leganés, el socialista José Luis Pérez Raez, junto a otros políticos y funcionarios, fueron exonerados de la acusación de prevaricación por la supuesta contratación irregular de la compañía de Téllez.

Sobre los testimonios del único testigo, Javier Sánchez Yáñez, a cerca de las supuestas corruptelas, en el auto se esgrime que “eran genéricos, imprecisos y no contrastados”. Además recuerda que Sánchez Yáñez ya no trabajaba en Cuadrifolio durante el periodo de los supuestos contratos irregulares, que no intervenía en el proceso de facturación ni en en el de adjudicación de contratos.

También hace referencia la titular del juzgado al editorial que publicó el diario El Mundo como prueba de que “asumió como propio el contenido de los artículos” con afirmaciones como la existencia de "un operativo diseñado para adjudicar contratos por Castilla-La Mancha de forma irregular durante los años en que José María Barreda gobernó esta comunidad" y que la Administración autonómica "enseñaba a su proveedor –Cuadrifolio– a burlar los controles legales”.

Tanto Santiago González como Esteban Urreiztieta siguen trabajando en El Mundo, mientras que Casimiro García Abadillo es hoy director de El Independiente y Eduardo Inda está al frente de OKDiario. Ninguno quiso hacer declaraciones.
http://m.eldiario.es/politica/fianza-Mundo-informaciones-infundadas-Cuadrifolio-Inda_0_602290599.html

A Inda se le juntan los juicios

B

Me recuerdas a mi en la ESO haciendo copia pega del rincon del vago sin mirar, menudas cosas debieron aparecer en esos trabajos xD

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MaTrIx

#2 jajaja arreglado es lo que tiene hacerlo con el móvil.

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cortes

#3 Aun te queda un "OCULTAR PUBLI X"

Martita-

Lo que se deberia hacer, tal y como esta la prensa hoy en dia, es que el que escribe el articulo vaya a la carcel for informacion falsa, y el diario cerrado o con multas multimillonarias por mentir y no contrastar los datos, fuentes, etc.

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Massalfa

Esto es lo que pasa, y demasiado poco pasa, por estar todo el día inventando mierdas. Luego tenemos cada día al iluminado de turno sacando post de okdiario cuando todo el mundo sabe de su veracidad.

M

#5 No puedes hacer responsable a toda la empresa por un delito cometido por una persona que trabaje en esa empresa (siempre y cuando tenga un programa de compliance vigente).

Que culpa tiene un trabajador del periodico de que uno de sus jefazos tenga la etica un pelin desviada?

Ademas, tienes el derecho de restificacion. Hasta cuando dirias que es contrastada una noticia? Y si la fuente no ha contrastado? Si pretendes informar de algo que acaba de suceder en la otra punta del globo, deberas si o si fiarte de los medios locales. Lo que se debe castigar, y ya se hace, es vertir informacion falsa a sabiendas de que es falsa, y ello es lo que se enjuicia aqui, injurias y calumnias.

Como se dice, el que tiene boca se equivoca. Tambien se debe aplicar a los medios.

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Martita-

#7
Osea que como el jefe te diga que hagas X, lo tienes que hacer? Todo vale?

El empleado tiene tanta culpa como el jefe que se lo manda, si sabes que es falso, no lo publiques.

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B

Si se hiciera esto por cada mentira que han soltado Inda estaba en la bancarrota y con deudas millonarias.

Pero bueno, es un comienzo. A ver si dentro de poco les cierran el panfleto y de paso OK Diario.

M

#8 Te hablo de un trabajador ajeno a la noticia pero que trabaje en el mismo medio.

Si haces responsable a la empresa, ese trabajador se vera afectado. Pagan justos por pecadores.

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Martita-

#10
Ya claro, porque todo el mundo sabe, que el jefe es el unico malo, y el resto son todo buena gente. Por lo general, un tio que es mala gente, tiene gente a su alrededor que es igual o peor que el.

Ademas, es un medio con el que puedes influir a muchisima gente, por lo tanto, que se cierre y punto pelota.

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Christian2

Me parece correctísimo,las noticias llegan a miles de personas y su trabajo es el de contrastar la veracidad de lo que informan.Tarde o temprano iba a acabar pasando.Que paguen

#10 Para eso está el redactor jefe

Wachuflay

Buena fuente , me la creo

Leoshito

No pasa nada se lo cobran de alguna subvención y ya.

M

#11 Acaso he dicho yo eso?

A ver, lee bien.

Si una empresa tiene un programa de compliance y uno de sus trabajadores, ya sea el currito o el jefazo, comete un delito, lo logico, sensato y justo es hacer responsable a esa persona, no a la empresa en su conjunto.

Articulo 31 bis Codigo Penal
1. En los supuestos previstos en este Código, las personas jurídicas serán penalmente responsables:

a) De los delitos cometidos en nombre o por cuenta de las mismas, y en su beneficio directo o indirecto, por sus representantes legales o por aquellos que actuando individualmente o como integrantes de un órgano de la persona jurídica, están autorizados para tomar decisiones en nombre de la persona jurídica u ostentan facultades de organización y control dentro de la misma.

b) De los delitos cometidos, en el ejercicio de actividades sociales y por cuenta y en beneficio directo o indirecto de las mismas, por quienes, estando sometidos a la autoridad de las personas físicas mencionadas en el párrafo anterior, han podido realizar los hechos por haberse incumplido gravemente por aquéllos los deberes de supervisión, vigilancia y control de su actividad atendidas las concretas circunstancias del caso.

  1. Si el delito fuere cometido por las personas indicadas en la letra a) del apartado anterior, la persona jurídica quedará exenta de responsabilidad si se cumplen las siguientes condiciones:



1.ª el órgano de administración ha adoptado y ejecutado con eficacia, antes de la comisión del delito, modelos de organización y gestión que incluyen las medidas de vigilancia y control idóneas para prevenir delitos de la misma naturaleza o para reducir de forma significativa el riesgo de su comisión;

2.ª la supervisión del funcionamiento y del cumplimiento del modelo de prevención implantado ha sido confiada a un órgano de la persona jurídica con poderes autónomos de iniciativa y de control o que tenga encomendada legalmente la función de supervisar la eficacia de los controles internos de la persona jurídica;

3.ª los autores individuales han cometido el delito eludiendo fraudulentamente los modelos de organización y de prevención y

4.ª no se ha producido una omisión o un ejercicio insuficiente de sus funciones de supervisión, vigilancia y control por parte del órgano al que se refiere la condición 2.ª

En los casos en los que las anteriores circunstancias solamente puedan ser objeto de acreditación parcial, esta circunstancia será valorada a los efectos de atenuación de la pena.

  1. En las personas jurídicas de pequeñas dimensiones, las funciones de supervisión a que se refiere la condición 2.ª del apartado 2 podrán ser asumidas directamente por el órgano de administración. A estos efectos, son personas jurídicas de pequeñas dimensiones aquéllas que, según la legislación aplicable, estén autorizadas a presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviada.

  2. Si el delito fuera cometido por las personas indicadas en la letra b) del apartado 1, la persona jurídica quedará exenta de responsabilidad si, antes de la comisión del delito, ha adoptado y ejecutado eficazmente un modelo de organización y gestión que resulte adecuado para prevenir delitos de la naturaleza del que fue cometido o para reducir de forma significativa el riesgo de su comisión.

En este caso resultará igualmente aplicable la atenuación prevista en el párrafo segundo del apartado 2 de este artículo.

  1. Los modelos de organización y gestión a que se refieren la condición 1.ª del apartado 2 y el apartado anterior deberán cumplir los siguientes requisitos:

1.º Identificarán las actividades en cuyo ámbito puedan ser cometidos los delitos que deben ser prevenidos.

2.º Establecerán los protocolos o procedimientos que concreten el proceso de formación de la voluntad de la persona jurídica, de adopción de decisiones y de ejecución de las mismas con relación a aquéllos.

3.º Dispondrán de modelos de gestión de los recursos financieros adecuados para impedir la comisión de los delitos que deben ser prevenidos.

4.º Impondrán la obligación de informar de posibles riesgos e incumplimientos al organismo encargado de vigilar el funcionamiento y observancia del modelo de prevención.

5.º Establecerán un sistema disciplinario que sancione adecuadamente el incumplimiento de las medidas que establezca el modelo.

6.º Realizarán una verificación periódica del modelo y de su eventual modificación cuando se pongan de manifiesto infracciones relevantes de sus disposiciones, o cuando se produzcan cambios en la organización, en la estructura de control o en la actividad desarrollada que los hagan necesarios.[/i]

Ahi lo tienes, leelo y dime que cambiarias y por que.

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Merkury

#11 Imaginate donde quedaria el de la limpieza si se aplicase lo que dices tu.

Hay que perseguir al autor y si la empresa lo ha promovido o autorizado enjuiciarla tambien.

Cerrar la empresa asi de primeras, tampoco es buena idea.

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alfa036

#2 la cosa es que para saberlo tu profe debería haberlo leido, cosa que no hizo.

Martita-

#15 #16
A mi me da igual lo que diga el codigo penal, he dado mi opinion al respecto. Simplemente. Que por podrian cerrar todos los panfletos que se dedican a dar informacion falsa y contaminar la opinion de la gente, sean del bando que sean.

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M

#18 Y dejar sin trabajo a muchisimas personas que no tienen nada que ver en el delito ni se han beneficiado.

Eso es justicia? Es lo contrario.

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Kenderr

#19 Pero eso seria como argumentar que el banco no debe hacerse responsable de por ejemplo, el engaño de las preferentes, sino que deberían hacerse cargo los individuos que engañaron.

¿Por que deben pagar el resto de empleados con despidos por ello?

La empresa debe ser responsable, son empleados suyos que han actuado con permiso de la empresa, no es que fuera un día en particular, si durante un tiempo considerable que publicaban estas cosas.

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M

#20 De ahi el compliance.

La empresa impone una normativa interna tendente a evitar la comision de delitos de sus trabajadores en el ambito de su actividad laboral, y velar porque sea cumplido. Si aun asi, un empleado se lo salta, de quien es la culpa? Del empleado, no de la empresa.

Ahi os he puesto el articulo, leeroslo y argumentar que cambiariais xD

1 respuesta
M4v3rikj3j3

Lo de los medios va mucho mas que "Ups me equivoqué" es de una manipulación, sesgo y desenfoque BRUTAL.

"Si pero al libertad de expresión..." una cosa es libertad de expresión, otra cosa es libertad de acusación, difamación y calumnia por parte de los medios contra los que no quieren financiación bancaria; SIEMPRE CONTRA LOS MISMOS, OJO!.

Que yo puedo decir "Pablo Iglesias es un ProEtarra, machista y violamonjas" (y me ficharian en Ok diario) , pero como diga "Los Borbones, son unos puteros, fiesteros y ladrones" todavía me pide la fiscalia 2 años de carcel.

Doble rasero, doble moral y así va España.

Victimas de Eta heroes nacionales (por mi perfecto) victimas del tio paco en cunetas, dime quien te mata y te dire cuanto vales.

Dime en que dirección manipulas y según interese le quito la cadena a la fiscalia.

elfito

Y aver si con suerte terminan debajo de un puente cuando entren en bancarrota.

Es una buena manera de podar la rama de mierda del periodismo.

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vinilester

traca, traca

B

#23 Fin de la financiación. Se cerraba el 90% de los periódicos. Podabas el árbol entero, total ya solo son propaganda...

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M

#25 Es que es impensable que un medio de comunicacion sea imparcial cuando reciben fondos publicos. Unicamente cargandonos las subvenciones a los medios conseguiremos que la prensa sea libre e imparcial, dentro de la opinion de cada uno.

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B

#26 ¿Y la iglesia? ¿Y los sindicatos? ¿Y la selección española de fútbol cuando a un montón de españoles no les gusta el fútbol? Y así 20 ejemplos más.

¿Como va a luchar un sindicato cuando esta comprado?, queda la CNT y alguno pequeño más

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M

#27 Luchara, por los intereses del gobierno de turno que le paga su existencia xD

Ay si los sindicatos se financiasen solo con dinero de afiliados, simpatizantes y donaciones privadas, otro gallo cantaria.

Pero bueno, esto pasara mientras exista eso llamado "subvencion", o lo que es lo mismo, quitarle a todos para darselo a unos bajo mi criterio y no bajo el criterio de quienes efectivamente dan ese dinero xD

garlor

#7 el problema esta cuando esa empresa realiza acciones ilegales de manera continuada,y ni la cierran ni la embargan ni nada de nada, simplemente multas economicas y ya, mas que nada porque las multas economicas pueden ser perfectamente contraprestadas por los intereses en que esa empresa siga cometiendo acciones ilegales

a las empresas se les deberia hacer como el carnet por puntos, tu vete haciendo ilegalidades, que habra un momento en que dejaran de llegarte solo multas y te embargaremos todo.

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M

#29 Aqui lo tienes todo #15

Y en el articulo 33.7 las penas

Articulo 33.7 Codigo Penal
7. Las penas aplicables a las personas jurídicas, que tienen todas la consideración de graves, son las siguientes:

a) Multa por cuotas o proporcional.

b) Disolución de la persona jurídica. La disolución producirá la pérdida definitiva de su personalidad jurídica, así como la de su capacidad de actuar de cualquier modo en el tráfico jurídico, o llevar a cabo cualquier clase de actividad, aunque sea lícita.

c) Suspensión de sus actividades por un plazo que no podrá exceder de cinco años.

d) Clausura de sus locales y establecimientos por un plazo que no podrá exceder de cinco años.

e) Prohibición de realizar en el futuro las actividades en cuyo ejercicio se haya cometido, favorecido o encubierto el delito. Esta prohibición podrá ser temporal o definitiva. Si fuere temporal, el plazo no podrá exceder de quince años.

f) Inhabilitación para obtener subvenciones y ayudas públicas, para contratar con el sector público y para gozar de beneficios e incentivos fiscales o de la Seguridad Social, por un plazo que no podrá exceder de quince años.

g) Intervención judicial para salvaguardar los derechos de los trabajadores o de los acreedores por el tiempo que se estime necesario, que no podrá exceder de cinco años.

La intervención podrá afectar a la totalidad de la organización o limitarse a alguna de sus instalaciones, secciones o unidades de negocio. El Juez o Tribunal, en la sentencia o, posteriormente, mediante auto, determinará exactamente el contenido de la intervención y determinará quién se hará cargo de la intervención y en qué plazos deberá realizar informes de seguimiento para el órgano judicial. La intervención se podrá modificar o suspender en todo momento previo informe del interventor y del Ministerio Fiscal. El interventor tendrá derecho a acceder a todas las instalaciones y locales de la empresa o persona jurídica y a recibir cuanta información estime necesaria para el ejercicio de sus funciones. Reglamentariamente se determinarán los aspectos relacionados con el ejercicio de la función de interventor, como la retribución o la cualificación necesaria.

La clausura temporal de los locales o establecimientos, la suspensión de las actividades sociales y la intervención judicial podrán ser acordadas también por el Juez Instructor como medida cautelar durante la instrucción de la causa.