Todos sabemos que te pueden sancionar por exceder la velocidad máxima o circular por debajo de la velocidad mínima, 120 y 60n km/h en autopistas.
La pregunta es, si veis un Q7 circulando a 61 km/h supongo que os interesáis por si le sucede algo, alguna avería si tiene algún problema o ha bebido.
Si le paráis y os dice que va a 61 km/h porque le sale de los c., y que no le podéis decir nada porque va a velocidad legalmente establecida....qué haceis? Decirle que tiene razón? O multarle porque aunque vaya a una velocidad legal, no tiene justificación para ir tan lento con un Q7, y está entorpeciendo el tráfico y poniendo en peligro al resto de usuarios? No sería conducción negligente si lo hace por voluntad propia, sin ningún motivo del vehículo o carga, solo por protestar o por tocar los c.?
Gracias por las respuestas.
Mira, por razones de una avería, tuve que conducir un coche a 60km (a veces subía a 65km pero por mucho que pisara no superaba 60) por una nacional durante unos 20 kilómetros hasta el taller. Tenía los huevos de corbata por si me paraba la policía, pero en verdad lo único que me pasó es que me pitaban y ponían largas los que venían detrás mia de vez en cuando, alguno lo haría por si no me había dado cuenta de que tenía el coche en la mierda pero otros lo harían por tocar los huevos.
Si la vía tiene varios carriles y vas por el más derecho, y al agente le hablas con respeto y no le dices "porque me sale de los cojones" no creo que puedan decirte nada. Como mucho te recomendará que dejes de hacer el gilipollas y poner en riesgo al resto de conductores y a ti mismo.
Y si te pone multa pues la recurres.
Según la normativa, si no hay motivo que lo impida debes circular a la velocidad máxima de la vía, y en autopista como mínimo a 60 y en carreteras convencionales a la mitad de la velocidad máxima de la vía, así que no sé hasta que punto te podrían multar por entorpecer el tráfico o generar un peligro innecesario o algo así.
#3 Me paso lo mismo, pero yo tuve que hacer mas de 100 km y basicamente estuve haciendo peinetas a todos los hijos de puta que me insultaban al adelantarme.
Bueno pero eso no lo hacían los tarados de los indepes de ocupar todos los carriles e ir a la mínimas velocidades para joder sinquenles pasase nada.
La verdad no se que les pasaria
#7 La ley también dice que como usuario no debes poner en peligro al resto de usuarios ni entorpecer el tráfico. Ni tampoco conducer de manera temeraria o negligente. Si conduces con remolque a 61 km/h porque no da más el coche, pues vale, pero si lo haces por demostrar algo, o porque te da la gana, en mi opinión está incumpliendo la ley de tráfico, ya que estás poniendo en peligro al resto de usuarios, sin ningún motivo, y eso es negligencia. Por eso pregunto qué harían en este caso a los agentes de tráfico-
Primer check velocímetro, 61km?
Segundo check: estás haciendo el gilipollas?
Pues visto para sentencia
Una conducta que flagrantemente atenta contra la seguridad en la vía tiene que ser corregida y eso lo da el sentido común mezclado con varias normas básicas del código ( para los legalistas)
#3 Yo creo que basta con poner los intermitentes de emergencia y se entiende que te ha petado el coche.
#10 a 61 no eres un peligro.
Si se te rompe el coche y no llegas a la mínima, te conviertes en un peligro y has de encender los 4 intermitentes.
#16 es que si vss con un Q7 a 61 kmh porque te da la gana, sin problemas ni averías ya te está diciendo que eres gili.
#17 Pero digo, lo hace "menos peligroso" si circulo con una mochillo de 125, dos personas pesadas que en cuesta arriba no alcanza más de 61kmph?
Es decir que lo importante es hacerlo porque te salga de los cojones?
Te pararían, te preguntarían y después te dirían: "Si lo está haciendo porque le sale de los santísimos cojones haga el favor de adecuar su velocidad al tráfico-vía o le caerá multa".
Si, la ley contempla que puedas ir a esa velocidad por la autovía pero es igual de peligroso ir a 59 (fuera de la ley) que a 61 (dentro de la ley) así que un buen policeman debería explicarte que no puedes poner en peligro a los demás porque te sale de los cojones ser un borderline que ha decidido activamente tocar los huevos al volante.
#18 En la intencionalidad reside el dilema en cuestión, desde luego.
la dgt ya lo especificó
No se deberá entorpecer la marcha normal de otro vehículo circulando sin causa justificada a velocidad anormalmente reducida. A estos efectos, se prohíbe la circulación en autopistas y autovías de vehículos a motor a una velocidad inferior a 60 kilómetros por hora, y en las restantes vías, a una velocidad inferior a la mitad de la genérica señalada para cada categoría de vehículos de cada una de ellas en este capítulo, aunque no circulen otros vehículos
Es decir, 60 no es considerado lento, sino una velocidad normal y válida dentro de los límites.
No creo que te multen por ir con Q7 dentro del rango de la velocidad permitida, de 60kñ a 120.
Y #4 fuente de esto por favor?
"Según la normativa, si no hay motivo que lo impida debes circular a la velocidad máxima de la vía"
#28 pero que dices flipado como va a ser obligatorio ir al máximo de la vía, que coño te fumas sin avatar