#478 Eso lo puedes soltar en Menéame, pero aquí las aberraciones comiqueras son duramente castigadas por el Juez Dredd
#480 Yo estaba orgulloso de Labordeta.
Sentirse orgulloso de Cataluña... no hay suficientes carácteres en internet para mostrar mi perplejidad.
Te lo explico yo porque llevas ya un rato dando la vara.
Las escuchas en sí SON LEGALES cuando se tiene la sospecha de que se puede estar cometiendo algo ilícito. Un juez puede mandar escuchar a un narco cuando se comunica con alguien de su entorno, pero no puedes mandar escuchar la conversación abogado-cliente sin más, para que esto fuera legal se tiene que tener el indicio de que esas dos personas pueden estar haciendo algo ilícito pero para ello lo primero es conocer la IDENTIDAD del abogado.
El juez Garzón ha mandado escuchar las conversaciones cliente-abogado sin saber ni siquiera quien iba a ser designado como abogado.
Ya te queda más claro. Por favor no sigas con la chorrada.
#483 Si la policía le está diciendo que están intentando usar a sus abogados para evadir el dinero de la trama ¿Qué más da quién sea el abogado?
No es que ordenase grabar todas las conversaciones de los abogados, sino las conversaciones de los detenidos con sus abogados, fueran quienes fueran estos últimos.
#487 Hasta donde yo sé no se estaba investigando a esos abogados. No se grabaron sus conversaciones en casa, ni en el bufete, ni en ninguna parte. Se grababan las conversaciones de los detenidos en prisión, con ellos.
Y luego, dicho sea de paso, acabaron imputados.
Pero en fin, que no voy a convencer a nadie así que aquí lo dejo.
A partir de hoy los corruptos de España, que no son pocos, pueden estar más contentos. No va a haber quien se atreva a investigarles.
La policía puede decir misa, el juez no puede pasarse por el forro los derechos constitucionales porque un policía diga muu o diga guau.
Debe de haber un indicio claro de que se este cometiendo un acto delictivo para llevar a cabo una escucha y obviamente el juez no puede autorizar una escucha a alguien que ni siquiera sabe quien es. Porque te recuerdo que en este tipo de escuchas hay dos partes (el acusado y el abogado en este caso)
#474 ¿Otra vez? ¿Que qué tiene que ver el Estado de Derecho con el liberalismo?
El hilo no tiene nada que ver con el liberalismo, pero veo que no te has enterado de nada.
#475 esto tal vez te aclare un poco qué diferencias hay:
ha de tenerse en cuenta que el acuerdo de escucha y grabación de las comunicaciones se dictó antes de conocer la identidad de estos letrados, que fueron designados en su mayoría con posterioridad, y que hasta entonces no habían aparecido en las actuaciones bajo apariencia o sospecha alguna de actuación delictiva. En consecuencia, cuando se acordó, era imposible valorar indicios contra aquellos
De la sentencia.
#485 según los hechos probados de la sentencia si se grabó a abogados q no acabaron imputados.
Busco el párrafo y te lo pego?
#286 me he pasado , te pido disculpas.
Entoces según nos interese un juez puede saltarse las normas si nos beneficia. No?
Y si le judgan por ello es que son unos fascistas.
#485 Eres demagogia pura.
A partir de hoy los corruptos de España, que no son pocos, pueden estar más contentos. No va a haber quien se atreva a investigarles.
Qué es lo que pretendes? Porque de verdad que no lo entiendo. A los corruptos y a los no corruptos hay que juzgarles con las mismas normas, respetando las leyes y por ende la Constitución.
Tan malo es que los corruptos no sean juzgados como que los que juzgan se sobrepasen en sus funciones y se pasen las leyes y las normas por el forro de los cojones.
La postura que tu defiendes es indefendible. Te puede parecer peor o mejor pero no se puede defender que un juez no respete la Constitución.
Tu afirmas esto:
Si la policía le está diciendo que están intentando usar a sus abogados para evadir el dinero de la trama ¿Qué más da quién sea el abogado?
Ahora contéstame: Como sabe la policía que quieren evadir dinero por medio de los abogados si ni siquiera saben quienes son dichos abogados.
Los procedimientos y las formas están ahí por algo, hay que seguirlos tal y como marca la ley. Si la policía tiene indicios de que pueden evadir dinero por medio de los abogados lo primero que tiene que hacer el juez es imputarles y darles la opción a defenderse tal y como está dispuesto en las normas.
#492 gagaga la justicia española joza de vuena salud, lo que pasa es que los perroflautas no saveis leer (acavo de canviar de vando)
#491 ¿Hace falta saber quiénes son los abogados para saber que los acusados tienen intención de usar abogados para evadir el dinero defraudado?
En fin, que como ya he dicho, vosotros tenéis vuestra opinión y yo la mía. No vamos a ninguna parte repitiendo cíclicamente lo mismo.
Si de verdad pensáis que esto es lo justo, es vuestra opinión. A mi no me lo parece y punto.
Pues eso que suficiente mierda hay ya en Cataluña como para juntarla con la española y hacer cócteles rollo mas+rajoy que son brutales.
Nah si yo era por meter mierda mas que nada
Me parece fatal que no hayan sobreseído el caso.
#494 y a los abogados que se les escuchó y no se les imputó sin tomar ninguna medida para no escuchar cosas sensibles de la defensa qué? Eso esta bien?
Y me imagino q para tener sospechas de alguien, de q esta cometiendo un delito primero tendrás q identificar al sujeto activo, digo yo eh.
Y dale a vueltas con lo mismo. Que las grabaciones no eran a los abogados, eran a los acusados, con más gente y con sus abogados. Igual que a Camps le grabaron hablando con El Bigotes sin ordenar grabar expresamente a Camps, porque investigaban las conversaciones del primero.
Al abogado de Miguel Carcaño también le grabaron. ¿Qué motivo había para sospechar de él? Ninguno, y tampoco han condenado al juez que ordenó las escuchas. Espero que pronto sea condenado.
¿Y el juez Pedreira? ¿Qué pasa con él? Habrá que condenarle también, digo yo, porque también autorizó las mismas escuchas.
¿Y los cientos de veces que se ha grabado a los abogados de los etarras? ¿Qué indicios había de que iban a hacer algo? ¿Los corruptos tienen más derechos que los terroristas? ¿Y a esos jueces no los condenamos?
En fin, que ya me estoy quemando con el tema y había dicho que iba a dejarlo. Como ya he dicho, si creéis que esto es justicia, mejor para vosotros. Así os ahorráis la decepción que sentimos muchos de ver cómo nos mean encima tranquilamente.
Mientras no haya novedades, dejo el asunto.
#497 Has leido la Ley Organica General Penitenciaria? Me parece que no.
Ergo si, los terroristas tienen menos derechos.
Y si no han sido condenados será o xq no han sido acusados por esos abogados, xq esto es una acusación particular o xq no han utilizado esas escuchas para nada y fueron desechadas al verse q eran de letrados con sus clientes.
Quien no entienda la visión de Melegant es un poco corto de miras. Cada uno tiene su punto de vista. Yo veo que judicialmente son 2+2 y ya está. Pero vamos, eso lo dejaría como "correcto" si toda la justicia fuera así de bien joder! Ha sido un pim pam y el tema finiquitado en 3 segundos (éste, no los casos anteriores donde Garzón pasó sus fronteras de jurisdicción). Si fueran así con los polítcos corruptos, iríamos rectísimos y sin deuda. Y los políticos que tienen cuentas en Suiza, y cuando les pillan sólo tienen que pagar los años no tributado (sin penas de prisión o una multa mayor que el dinero no declarado), creo que tendrían que estar... ¿100 años? inhabilitado.
De eso se queja Melegant, y yo le apoyo (porque me quejo de lo mismo). Vale vale, Garzón al paredón. Que le sigan todos los corruptos e hijos del mal, que desentierren de una vez las víctimas secuestradas del franquismo, que chuten a todos los amigos políticos que están en administraciones... O todos legales y rapidísimos o nada.
Y, repito, hablo desde la ignorancia en temas judiciales. Aquí siempre miro las cosas 5 veces y pido opinión a Edea o a cualquier otro que entiende del tema (veo que el del avatar del caballo en fondo rojo lo está estudiando).
Te voy a hacer una apreciación extra.
El juez actuó de mala fe cuando decide escuchar pero no imputar a los abogados. Por lo tanto desde este punto de vista se le puede acusar de una conducta dolosa.
El procedimiento lógico hubiera sido investigar e imputar a los abogados que supuestamente iban a contribuir a la evasión de dinero y a partir de ahí autorizar las escuchas, de ahí que se pueda decir que actúa de mala fe.
#502 Me parece que te estás confundiendo; no encuentro ninguna noticia en google que hable de sms y llamadas intervenidas entre Carcaño y su abogado.
#504 Pues entonces me estás dando la razón; no tiene nada que ver con su derecho a defensa.
[...]El condenado (Garzón) se muestra "desolado" y estudia un posible recurso ante el Tribunal Constitucional.[...]
http://politica.elpais.com/politica/2012/01/23/actualidad/1327315561_578421.html
Relación entre Tribunal Constitucional y Tribunal Supremo
[...]Aunque en ocasiones pudiera parecer que el Tribunal Constitucional es de mayor rango que el Tribunal Supremo, esto no es así. Su relación no es jerárquica sino competencial. No obstante, en la práctica sí que se puede considerar que existe subordinación del Tribunal Supremo al Constitucional en el aspecto en que este último puede anular las resoluciones del primero, cosa que no puede suceder al revés. Un ejemplo entre otros lo tenemos en la famosa sentencia del caso Urbanor, en la que el Tribunal Constitucional anuló el 19 de febrero de 2008 la sentencia del Tribunal Supremo sobre el mismo caso.1
El Tribunal Supremo es el de más alto rango dentro del Poder Judicial. Sin embargo, el Tribunal Constitucional se encuentra fuera de esa jerarquía y forma una categoría propia, con reconocimiento diferenciado en la Constitución. Su obligación es velar por el cumplimiento de la Constitución y para ello tiene potestad para declarar nulas las leyes inconstitucionales y para defender al ciudadano de violaciones de sus derechos fundamentales (recurso de amparo).
[editar]Jurisprudencia del Tribunal Constitucional
Las sentencias del Tribunal Constitucional se publicarán en el Boletín Oficial del Estado con los votos particulares, si los hubiere. Tienen el valor de cosa juzgada a partir del día siguiente de su publicación y no cabe recurso alguno contra ellas. Las que declaren la inconstitucionalidad de una ley o de una norma con fuerza de ley y todas las que no se limiten a la estimación subjetiva de un derecho tienen plenos efectos frente a todos. Salvo que en el fallo se disponga otra cosa, subsistirá la vigencia de la ley en la parte no afectada por la inconstitucionalidad (art. 164 de la Constitución).
En la actualidad, en España, se encuentra abierta una intensa polémica entre civilistas y constitucionalistas al respecto de la inclusión de la jurisprudencia del Tribunal Constitucional en la categoría de las fuentes del Derecho. A favor de dicha inclusión se aduce que sus resoluciones crean verdaderas normas, aún en defecto de regulación estatal (p.ej. lo sucedido con el Servicio Militar Obligatorio y la objeción de conciencia). De hecho, es un legislador negativo ya que puede excluir leyes y reglamentos del ordenamiento jurídico por considerarlos contrarios a la Constitución. El Tribunal Constitucional también puede innovar el Derecho a través de lo que se conoce como «Sentencias interpretativas», que indican el sentido preciso que debe tener la interpretación de una determinada norma para no ser contraria a la Constitución.[...]
NOTA PÚBLICA DE GARZÓN
"Rechazo frontalmente la sentencia"
Garzón emite un comunicado en el que asegura que la decisión del Tribunal Supremo "no se ajusta a derecho" y le condena "de forma injusta y predeterminada"
NOTA DE BALTASAR GARZÓN REAL ANTE LA SENTENCIA DE LA SALA 2 DEL TRIBUNAL SUPREMO EN LA CAUSA SEGUIDA CONTRA EL MISMO
Rechazo frontalmente la sentencia que me ha sido notificada en el día de hoy.
Lo hago por entender que no se ajusta a derecho, que me condena de forma injusta y predeterminada.
He trabajado contra el terrorismo, el narcotráfico, los crímenes contra la humanidad y la corrupción. Lo he hecho con la ley en la mano y en unión de fiscales, jueces y policía. En este trabajo, siempre he cumplido con rigor las normas, he defendido los derechos de los justiciables y de las víctimas en situaciones muy adversas.
Ahora y a lo largo de este procedimiento, mis derechos han sido sistemáticamente violentados, mis peticiones de defensa desatendidas, el juicio oral una excusa, cuyo contenido ha sido utilizado sólo contra mí, prescindiendo de los elementos favorables que me beneficiaban, para, con ello, poder dar forma a una sentencia que ya estaba anunciada desde hace meses.
Mi actuación en el denominado caso Gürtel, se ajustó a la ley y en su desarrollo, tomé todas las medidas para garantizar el derecho de defensa y la investigación de delitos muy graves relacionados con la corrupción, partiendo de los contundentes indicios y para evitar la continuidad delictiva de blanqueo de dinero de los jefes mafiosos que utilizaban, como ya lo habían hecho antes, a los abogados designados.
Se me ha impedido aportar las pruebas que lo demostraban y se ha prescindido de la implicación y participación de abogados en la trama.
La afirmación que se contiene en la sentencia para justificar el supuesto dolo de que “la inclusión de la cláusula previniendo el derecho de defensa dejando a un lado su efectividad, revela que sabía que su resolución afectaba a este derecho” es una aberración que contradice todo el sentido de la misma y se utiliza para eliminar la base de mi absolución. La sentencia no dice en ningún momento cual es el daño producido en el derecho de defensa y no lo dice sencillamente porque no existe. Lo inventa. Así mismo falta a la verdad cuando se dice que no se ejecutó la medida de salvaguardar dicho derecho, cuando personalmente me cuide de garantizarlo y así lo avalan las pruebas practicadas e ignoradas por el tribunal.
Esta sentencia, sin razón jurídica para ello ni pruebas que la sustenten, elimina toda posibilidad para investigar la corrupción y sus delitos asociados abriendo espacios de impunidad y contribuye gravemente, en el afán de acabar con un concreto juez, a laminar la independencia de los jueces en España.
Acudiré a las vías legales que correspondan para combatir esta sentencia y ejerceré todas las acciones que sean pertinentes para tratar de paliar el perjuicio irreparable que los autores de esta sentencia han cometido.
Queda por saber la sentencia en el caso de las fosas comunes y el inicio del juicio por pedir dinero para la realización de cursos en el extranjero.
#505 Pues toda la razón.
Vamos, mucho rencor hay que tenerle a Garzón para no ver que estos juicios han sido una farsa desde su fase instructiva. Las formas, los tiempos, la negación sistemática de todas las pruebas presentadas por su defensa...
Querido Emilio Botín, Repsol, Telefónica, Caja Madrid....
aflojad la pasta!
fdo: Baltasar Garzón
De su puño y letra eh, sí, la causa que queda pendiente por juzgar es toda una invención y una farsa. Vamos, que no hay "indicio" ninguno.
#507 Ya he dicho páginas más atrás que me daba grima esa carta (aunque las expresiones usadas son las mismas que las que usa para referirse a todo el mundo, como en otras cartas a Esperanza Aguirre o Gallardón) pero no es delito, y es una práctica común entre los miembros del poder judicial. Si quieres te paso una relación de otros tantos casos iguales.
Ese caso fue archivado 5 veces y ya estaba enterradísimo. Tiempo después, en cuestión de días, le imputan por las escuchas, los juicios del franquismo y ¡oh sorpresa! el caso archivadísimo resucita para unirse a las otras dos.
Es sólo una prueba más de la farsa que es todo este circo que han montado para ventilarse a Garzón.
O se respeta y se acepta la justicia o no se respeta.
A mi eso de 'vaya justicia, Garzón culpable y Camps libre...' o viceversa es de ser un hipócrita como la copa de un pino. A ver si ahora va a resultar que la justicia es cuando la sentencia sale favorable a lo que uno piense..