A muchos de aquí esto les sonará a chino. Pero en su día fue una bomba.
Previos en el País Vasco
El 17 de marzo de 2003 el Tribunal Supremo acordó por unanimidad la ilegalización y disolución de HB-EH-Batasuna.
La Presidencia del Parlamento vasco sostuvo que la medida no podía afectar a la formación parlamentaria Socialista Abertzaleak (SA) por haberse constituido posteriormente.
Dos meses después, el Tribunal Supremo ordenó la disolución de SA en el Parlamento vasco.
No sólo no se disolvió al grupo político sino que la Junta de Portavoces no facilitó la reforma del reglamento de la Cámara en aquel sentido (PNV y EA, concretamente). Los mandaron al grupo-mixto.
Manos Limpias presenta una denuncia contra el presidente del Parlamento y contra dos de los miembros de la mesa (José María Atutxa (PNV), Gorka Knörr (EA) y Concepción Bilbao (IU-EB)).
En el mes de diciembre de 2004 el TSJPV archivó la querella al considerar que «los hechos imputados no son constitutivos de infracción penal» y que la orden del TS para disolver SA supuso «la vulneración de derechos fundamentales de este grupo».
Los absuelve.
Rajoy, por su parte, pedía a la fiscalía que recurriera el archivo.
En aquel momento el fiscal cesó en su acusación. Manos Limpias continúa adelante.
La historia sigue en el Supremo
Llega a manos del Supremo
En 2008 el Tribunal Supremo condenó a Atuxtxa, Knörr y Bilbao a penas entre 12 y 18 meses de inhabilitación y al pago de multas de entre 12.000 y 18.000 euros por negarse a disolver al grupo parlamentario Sozialista Abertzaleak, tras la ilegalización de Batasuna en el año 2003.
En aquel momento el juez Marchena podía haber aplicado la Doctrina Botin, que establecía que un juicio no podía prosperar cuando solamente hubiera acusación particular.
No lo hace, acepta el recurso presentado por Manos Limpias y, más aún, decidió revisar la sentencia absolutoria del TSJPV.
El 8 de abril de 2008 dictaminó sentencia en la que determinaba la culpabilidad de los tres políticos vascos. Eso sí, sin darles audiencia, sin escuchar sus versiones.
Pasa por el Constitucional
Cinco años después fue el Tribunal Constitucional quien confirmó la pena impuesta por el Tribunal Supremo. Lo hizo con tres votos particulares de tres magistrados que entendieron que se había vulnerado el derecho de los demandantes.
Tribunal Europeo de Derechos Humanos
Nueve años después, el 13 de junio de 2017, el TEDH hizo pública la resolución (adoptada por unanimidad) por la cual se consideró que España había violado el artículo 6.1 de la Convención europea de Derechos Humanos.
Los jueces europeos consideraron que el Tribunal Supremo «llegó a su conclusión por deducción, sin escuchar a los interesados, y estos no tuvieron la oportunidad de exponerle las razones por las cuales negaban haber tenido ninguna intención fraudulenta».
Ayer, 29 de octubre
La Sala Segunda del Tribunal Supremo anula formalmente la condena que dictaminó en su sentencia del 8 de abril de 2008 (en un juicio que presidió el juez Marchena) contra el presidente del Parlamento Vasco, Juan María Atutxa, y los miembros de la mesa: Gorka Knörr y Concepción Bilbao.
Han pasado más de 15 años pero esta sentencia tiene un valor relevante desde el punto de vista institucional y político.
Y como no, es otro tirón de orejas a la justicia española.