No voy a entrar a valorar si la reaccion ante la situacion es de ser "un jefe" o un mendrugo, o si es fake o no, pero ante estos casos solo teneis que ir al articulo 34 del estatuto de los trabajadores,
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La duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo es de 40 horas semanales de trabajo efectivo de promedio al año.
Siempre habrá un mínimo de 12 horas entre el final de una jornada y el comienzo de la siguiente
No puede haber más de 9 horas efectivas ordinarias (salvo acuerdo entre empresa y los representantes de los trabajadores, respetando siempre el descanso entre jornadas)
El tiempo de trabajo se computará de modo que tanto al comienzo como al final de la jornada diaria el trabajador se encuentre en su puesto de trabajo
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Resumiendo, maximo son 9 horas de trabajo seguida, maximo de 40 horas a la semana y entre jornadas de trabajo minimo 12 horas. Actualmente ya no se permiten realizar horas extras y cobrarlas, sino que se tiene que compensar con el mismo numero de horas libres a las trabajadas.
En algunos convenios aun se permite cobrar horas, pero como digo los estan cambiando porque al haber tanto paro prefieren que esas horas este cubierta por otro trabajador aunque sea de un contratos "de horas", asi maquillan los datos del paro y dicen que "salimos de la crisis"
Luego ya la vacilada que las horas de limpieza no se pagan.... el horario de trabajo es desde que se entra en el "centro de trabajo" hasta que se sale, sino que contrate a personal de limpieza.
Esto sin saber a que convenio pertenece, ya que estos de existir sera para mejorar al estatuto