Truco antiokupas para pisos vacios?

Sheraph

Saludos MV,

Todos sabemos que la ley en España contra los okupas (tanto los que entran en una casa a vivir por la cara, como los inquilinos que dejan de pagar alquiler y se atrincheran) es una putísima vergüenza.

Pero mientras que contra un un inquilino que deja de pagar, que te puedes proteger más o menos con un seguro de impago y haciendo un filtro previo, si te entra un okupa a un piso vacío ahí estás fucked. Porque la expulsión puede durar meses y seguramente te dejarán piso hecho un cristo.

Ahí está mi temor, que en un periodo donde tienes un piso vacío por X motivos (que no es tu vivienda habitual), se te meta un okupa y te haga la vida imposible, por lo que se me ocurre una arma totalmente legal para combatir ese riesgo:

Hacer un contrato de alquiler totalmente legal a un familiar/amigo de TOTAL confianza, para que si un okupa entra, poder demostrar que ese piso es la MORADA de una persona, por lo tanto no sería una okupación, sino un allanamiento de morada, y la policía podría actuar ipso facto. ¿Correcto? Tengo entendido que ante una okupación de la 1º vivienda es cuestión de horas que los echen.

El okupa diría que tiene un contrato "verbal", mientras que el amigo/familiar y el dueño del piso podrían presentar un contrato de alquiler oficial y firmado, que acredite que el amigo/familiar vive ahí, y que el okupa merece ser expulsado ipso facto.

Las dudas que se me presentan es:

  • Un contrato de alquiler firmado legalmente y toda la pesca, podría ser prueba suficiente de que el amigo/familiar vive ahí (aunque luego viva con sus padres en otro lado?)
  • Sería necesario que el amigo/familiar se empadrone en el ayuntamiento para dar más veracidad?
  • Se podría hacer un contrato de alquiler a un precio simbólico muy pequeño, muy por debajo del precio de mercado? o incluso 0€ durante x meses? sería legal?
  • Si no estoy equivocado, hay 2 meses para depositar la fianza en el organismo correspondiente, si durante ese tiempo se encuentra un inquilino definitivo y se rompe el contrato inicial sin llegar a depositar la fianza, no pasaría nada no? no tiene ningún gasto
  • Si no se ha cobrado nada por el alquiler durante ese periodo, a efectos de renta/irpf no pasaría nada?

Quedo a la espera de vuestras opiniones!

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quickkk

la ley rumana

71 1 respuesta
Fyn4r

A mi me da que haces eso, te okupan el piso, no puedes demostrar que esa persona vive ahi y además de sin piso te cae un paquete guapo xd

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Masada

Lo más fiable es poner una alarma con cámara y detección de movimiento en algunas zonas.Es la única forma de que la policía acuda sobre la marcha y sea allanamiento como tal.Por lo demás, rezar para no encontrarse el problema.
El IRPF en parte es llegar a un acuerdo, pues al inquilino le puede interesar declarar el alquiler por ayudas de la comunidad autónoma.

1 2 respuestas
n3On

#2 No tiene continuacion?? Quiero ver sangre xDDD

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Hobbes

#4 cuidado con las alarmas, la policía y los seguros de hogar.

1 a veces, además del contrato, debe tener un suministro a su nombre en dicho piso, ejemplo, la luz.

2 No es necesario.

3 cuidado al hacer eso, si dicha casa tiene una carga como una hipoteca, no puedes alquilar por un precio inferior al de la hipoteca o deuda que recaiga sobre esta.

4 depende de la ccaa.

5 si pasa, que si no lo cobras tienes que deshauciar o declarar que lo has cobrado y ponerlo en el irpf. Te juegas una multa de hacienda a x10 de lo que ellos crean que has defraudado (si piensan que has defraudado 600€ la multa es 6000€).

1 1 respuesta
Sheraph

#6

  • Un contrato de alquiler firmado legalmente y toda la pesca, podría ser prueba suficiente de que el amigo/familiar vive ahí (aunque luego viva con sus padres en otro lado?)

    - a veces, además del contrato, debe tener un suministro a su nombre en dicho piso, ejemplo, la luz.

    + interesante, llegado el caso se podría hacer también, no veo problema en eso

  • Sería necesario que el amigo/familiar se empadrone en el ayuntamiento para dar más veracidad?

    - No es necesario.

  • Se podría hacer un contrato de alquiler a un precio simbólico muy pequeño, muy por debajo del precio de mercado? o incluso 0€ durante x meses? sería legal?

    - cuidado al hacer eso, si dicha casa tiene una carga como una hipoteca, no puedes alquilar por un precio inferior al de la hipoteca o deuda que recaiga sobre esta.

    + Buen punto, en mi caso el piso está pagado. Libre de cargas, entiendo que entonces podría poner un alquiler la precio que quiera

  • Si no estoy equivocado, hay 2 meses para depositar la fianza en el organismo correspondiente, si durante ese tiempo se encuentra un inquilino definitivo y se rompe el contrato inicial sin llegar a depositar la fianza, no pasaría nada no? no tiene ningún gasto

    - depende de la ccaa.

    + Cataluña

  • Si no se ha cobrado nada por el alquiler durante ese periodo, a efectos de renta/irpf no pasaría nada?

    - si pasa, que si no lo cobras tienes que deshauciar o declarar que lo has cobrado y ponerlo en el irpf. Te juegas una multa de hacienda a x10 de lo que ellos crean que has defraudado (si piensan que has defraudado 600€ la multa es 6000€).

    + Si por ejemplo hago un contrato de alquiler a 800€/mes pero pongo que los 3 primeros meses le perdono el alquiler a cambio de que pinte y haga algunos arreglos en el piso, ¿sería válido? o vendría Hacienda a decir que si el inquilino "deja de pagar = cobrar por hacer reformas" debería ser autónomo? XD

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Hobbes

#7 si, la cadencia de pago por ese motivo se contempla, también los precios simbólicos por ser familia o por otro motivo, por ejemplo, poner a un familiar un alquiler de 1€ siempre y cuando se haga cargo de los suministros hasta que se cumpla una condición, caso donde una de las partes tiene que contactar con el otro para cambiar condiciones.

Ejemplo, alquiler a 1 € a mi primo de 22 años que es estudiante hasta que cumpla los 30 años o tenga un ingreso mínimo neto de 1600€, siempre que tenga al día las facturas de luz y gas.

Lo de la ccaa lo digo porque en Madrid más o menos se como es, el resto, ni zorra...

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Sheraph

#8 Y no serviría un contrato de comodato a esos efectos? ahí es precio 0€...

O quizás contrato de comodato + empadronamiento + suministros =/= prueba suficiente de ser primera morada VS okupa que dice tener "contrato verbal"?

Kike_Knoxvil

No sé que comentaba alguien de colocar un armario de armas y que la civil entraba como alma que lleva al demonio para echar a los okupas

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Letalius

Imagina vas a la poli y le dices que te han ocupado tu casa y ellos: a ver contrato de alquiler y recibo de luz por favor.

preguntitas

Si a una vieja que no tiene donde caerse muerta, tiene un pisito desde los años 40,se va una semana para visitar a su hermana enferma, y al volver no hay forma de tirar a los okupas; hablarles un "contrato a tu primo" va a servir de... Nada?

poisoneftis

cuánto tiempo tienes el piso vacío?

hay otras medidas disuasorias para fingir actividad en un piso vacio y que se busquen otro target, mismamente con Alexa y un enchufe inteligente.

#10 lol y si descubren que las armas son tuyas? por favor que alguien desarrolle eso xD

3 respuestas
Kike_Knoxvil

#13 Es que las armas tienen que ser tuyas

Osease, un armario de armas legal, no el ropero con un candado y armas sin registrar

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isf90

#13

“Es nuestra experiencia”, relata José María Garzón, abogado penalista y socio director del despacho Garzón Abogados. “Cuando se produce una ocupación de una vivienda habitada, una morada, donde el dueño posee algún tipo de arma, ya sea una escopeta de caza, una carabina, una pistola, un revolver o un arma de fuego antigua, debidamente registradas, incluso como armas deportivas, la maquinaria del desahucio se acelera”, añade.

“¿Por qué? Porque, además del delito de allanamiento de morada, los ocupantes están cometiendo otro delito grave: el de tenencia ilícita de armas. Está tipificado en el artículo 564 de Código Penal y castigado con prisión de 1 a 2 años si son armas cortas y de seis meses a un año si son armas largas”, explica.

5 1 respuesta
poisoneftis

#14 #15 lol, no tenia ni idea

Sheraph

#13 espero que no más de 1-2 meses mientras lo vacío y hago cuatro reformas hasta que esté listo para alquilar. Iría los findes a trabajar así que habría actividad el sábado o domingo.

Lo del enchufe inteligente lo había pensado, poder encender una lámpara cerca de la ventana para que parezca que hay alguien en el comedor...

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D

Te has tragado con papas el anuncio asustaviejas de securitas direct eh

Sí haces un contrato de alquiler falso vas a tener que meterlo en tu declaración de la renta con el correspondiente impuesto de regalo.

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nachetetote

Puedes poner trampa para ratas

Netzach

Casualmente es recomendado usar el mismo truco contra políticos

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B

La típica tontería que has leído en un blog y te lo crees?.

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Sheraph

#18 el problema de los okupas no es nada nuevo, y precisamente de Securitas Direct y similares me fío -1 porque un ladrón profesional las desactiva en 0,

Antes me compro una alarma y cámara conectada por red y con aviso móvil que pagar a esas empresas.

#21 no he leído nada en ningún blog, pero sí que sé que una okupacion a la primera vivienda se resuelve rápido, mientras que si es una vivienda vacacional te pueden joder, por eso había pensado en esta alternativa para buscar cierta garantia jurídica ya que nuestra mierda de ley no protege al propietario.

6 respuestas
Netzach

#22 Una banda de albanos te va a entrar en casa tengas el sistema que tengas y se piran antes que aparezca la ley. Con tu sistema entra cualquier ratero en tu casa.

poisoneftis

#22 tío, no pierdas el tiempo contestando a estos, no ves que están en cada hilo con lo mismo? según ellos los ocupas ni existen o vete a saber.

Aunque lo del contrato para 2 meses no tiene sentido y es verdad que de pillarte lo tendrias que declarar como si hubieses tenido ingresos xd

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garlor

para que tanta tonteria, si te entran dices que es tu picadero donde vas a follar con putas los fines de semana, o lo que se te ocurra, no hace falta que sea tu vivienda habitual, con que sea una vivienda donde pasas parte de tu vida al año ya esta teoricamente protegida, porsupuesto tienes que poder demostrar minimamente algo a la policia

B

#22 Si quieres garantías haz caso a lo que hay más atrás. Cámaras y sensores.

Además las vigilancias ofrecen packs concretos para okupas. Ya desconozco si es tu casa número 19 , al caso que así desmostraroas el allanamiento.

No un artilugio legal que tiene menos recorrido que un pulpo en Galicia.

B

Lo mejor es no tener nada y serás más feliz. Para que quieres una casa

Thouy
#22Sheraph:

si es una vivienda vacacional te pueden joder

Error de bulto, para viviendas vacacionales (segundas viviendas) es igual. También vale si te allanan un local comercial o cualquier cosa por el estilo. Si lo tienes todo en regla y correctamente definido a nivel burocrático, lo único que debería preocuparte es que te desvalijen, que sí es un problema real.

CAFE-OLE

no votar a podemos seria el primer paso

1 respuesta
pardier

yo lei en mediavida que si tienes un arma de fuego en casa y te ocupan tienes que avisar a la policia y tienen que desalojarlos