http://es.wikipedia.org/wiki/Estado_de_sitio
En el Perú, el estado de sitio es dictado por el presidente de la República con acuerdo de su Consejo de Ministros con cargo de dar cuenta al Congreso de la República. Este estado puede ser declarado en todo o en parte del territorio nacional y no puede exceder de un plazo de cuarenta y cinco días. En la declaración debe señalarse cuales derechos no se están restringiendo o suspendiendo. Se entiende que en el estado de sitio se pueden restringir mas derechos que en el estado de emergencia, con excepción de los derechos fundamentales.
Al declararse el estado de sitio, el Congreso se reune de pleno derecho y cualquier prórroga del plazo debe contar con su aprobación. No existe límite de prórrogas.
Qué os parece esta medida aprobada en Perú? Pueden recurrir a ella siempre ke kieren, siempre ke sea aprobada en el kongreso