#41162 El texto de la ley dice"Los establecimientos públicos y privados, alojamientos hoteleros, restaurantes, bares y en general cualesquiera otros en los que se consuman bebidas y comidas, podrán facilitar la entrada de animales de compañía que no constituyan un riesgo para las personas, otros animales y las cosas, a zonas no destinadas a la elaboración, almacenamiento o manipulación de alimentos, sin perjuicio de lo dispuesto en la normativa sobre salud pública, o de las ordenanzas municipales o normativa específica”.
Es decir... que si un dueño se pone pesado con que quiere pasar el perro, el comerciante tiene que dejarle pasar, eso sí, garantizando la higiene, cosa que con Duna no ocurriría ya que debería haber llevado bozal.
Entrar pueden entrar, con higiene, pero pueden entrar.
Ojo que no estoy de acuerdo con la ley, creo que es un error. Pero precisamente en Alcampo desde la ley no hago nada más que ver gente con perros (y bozal)