Si empezamos a encerrar a los locos el mundo mejora, si empezamos a encerrar a gente como la de la foto medio desnuda en una discoteca simplemente nos quedamos sin plazas en la carcel, conozco a alguna chica que suele ser habitual en fotos de cierta página de discotecas y tal y tienen 3-4 hijos, si yo fuera el novio o marido me pensaría mucho en tirarme de un puente, y si fuera el padre hacer alguna cosa porque algo he hecho mal.
Estoy flipando con las respuestas de algunas personas.
Si una mujer se viste de forma provocativa, no debería ser un atenuante?
HOLA? No, espera, que aquí cada uno no es libre de vestir como quiera. Dónde queda la libertad y los derechos de cada persona?
Es decir, si yo llevo un escote porque me gustan y porque estoy contenta con mi cuerpo significa que quiera mandanga? Y querer mandanga significa que ME MEREZCO QUE ME VIOLEN?
Esto no tiene ningún sentido. Machismo en estado puro. Yo me avergonzaría de pensar así.
#90 Creo que el debate debería ir un poco por estas líneas.
Y es que lo que consdiero interesante es que en el tema de las violaciones, el quid de la cuestión reside en la naturaleza propia del delito.
Es decir, si la violación es un delito culposo o es en esencia doloso, entendiendo que la violación implica la imposición de la cópula.
Para los que no estén al tanto de los conceptos básicos del derecho penal, un delito doloso es aquel que se produce con dolo: (el dolo implica la voluntad maliciosa de engañar a alguien o de incumplir una obligación contraída).
Es decir, si realmente hay malicia o intención de cometer un delito cuando se produce la agresión sexual o simplemente fue una confusión de intenciones.
Además, el Código Penal es muy interpretable en este sentido ya que por un lado, la violación como tal puede ser considerada AGRESIÓN SEXUAL, que puede conllevar penas de 1 año a 12 años de prisión en función de los artículos que se consideren aplicables o como ABUSO SEXUAL con penas de 6 meses a 2 años de prisión en función de los agraviantes.
Vamos, que el mismo delito, depende como se interprete, se puede saldar o con una multa y pista o chupando prisión durante más de una década. Y esto no es algo baladí.
Pues con cárcel, que tampoco es tan grave. A mi si se me viola (Violación convencional, que se me haga daño, no que me arranquen las tripas y hagan salchichas alemanas y las vendan en Ebay sin darme comisión) Hombre, denuncio y quiero que el capullo pague, ahora bien, aunque le deseo la muerte, como gobierno NO concedería la muerte por una violación. Total, a mi al cabo de Xmeses ya pienso que lo habría superado, igual que superas otro trauma psicológico como es que maten a tu familia. o algo de ese nivel.
Es jodido, sí.
Merece la pena castigar esos actos con la muerte? Desde luego, NO. De hecho, ni esos actos ni ningunos.
#93 No es el mismo delito porque unos agravantes inclinan la balanza hacia un lado o hacia otro.
Establecer "la aritmética de abusos" que implican una violación es tarea de otros.
Lo más complicado a la hora de establecer juicios es saber hasta qué punto la persona activa era consciente del trasfondo de sus acciones, tanto en esto como en cualquier otro asunto. Es por eso que no se pueden aplicar penas tan tajantes, porque al final acabarías desfigurando a gente que simplemente no digerió correctamente el sistema; convertirías el mundo contemporáneo en una esparta lobotomizadora.
#95 Pero es que lo que hablábamos de la ropa, de hecho, legalmente sería un atenuante si el que defiende la causa puede demostrar que la apariencia física de la mujer fue motivo de la aparición de una circunstancia atenuante recogida en el código penal como el de arrebato u obcecación, que yo, si llevase la causa, es lo primero que intentaría demostrar para defender a un culpable de un delito similar.
Para los que no lo sepan, se conoce como arrebato a la alteración transitoria de la realidad por X causa o motivo y es aceptada de forma común si es demostrable como un reductor del quantum de la pena en un proceso judicial o lo que comunmente se conoce como "atenuante".
Vamos, vendría decir algo así como: "en ese momento, el acusado vio vestida de X forma a la víctima y "creyó" que se le estaba insinuando". En cambio, este mismo suposito no sería aplicable a nivel LEGAL si la chica fuese vestida con vaqueros y un jersey de color fucsia por decir algo.
No sé si veis a donde quiero llegar. La LEY ya recoge todo esto, ahora falta saber si la opinión popular está a favor o en contra de este funcionamiento.
Link al CP:
Básicamente, el Código PENAL recoge que una vestimenta provocativa puede explicar (QUE NO JUSTIFICAR) el comportamiento del acusado y el motivo del delito.
Eh tronqui confundes el dolo civil con el penal. El civil es que se refiere al engaño. El dolo penal se refiere a que el delito se realiza deliberadamente. Puedes cometer un delito de manera dolosa(deliberadamente) o imprudentemente.
Hay que repasar el Manual de Derecho Penal parte general tronqui.
#97 Sí, tronqui, tienes razón, por eso mismo digo que por norma general una violación implica ser un delito doloso aunque a mi modo de ver, también se podría considerar culposo en casos extremos de "provocación prévia", por decirlo de algun modo, que es de lo que estabamos hablando antes.
Lo que no tengo claro es si la mayoria de violaciones se consideran delitos de dolo directo o hay diferentes grados. Alguien más puesto en el mundillo me lo puede clarificar? Sería interesante para ilustrar un poco más el hilo sobre el concepto que tiene la ley sobre las agresiones sexuales.
De todos modos como digo, con el Código Penal en la mano, muchas violaciones pueden saldarse con simples multas siempre y cuando se recogan ciertas circustancias.
#96 Utilizar la vestimenta y la actitud como un disparador de instintos primarios es ridículo.
El único margen que considero aceptable es que el activo no comprenda el daño que está causando, pero la vestimenta o la actitud no disimulan la tragedia del acto en sí. Como mucho, instigan algún tipo de conducta primaria, y si la persona en cuestión es incapaz de reprimirse sólo por eso, me parece merecedora de un castigo mucho mayor. Ahí sí me parece que está completamente justificada la castración química.
Cuando era pequeño mis padres tenían un ambientador aceitoso de naranja. Olía como a zumo recién exprimido, aunque con un ligero toque químico. Cada vez que me acercaba a la chimenea donde estaba puesto se me apetecía echarle un trago. Pero traía claramente no ingerir.
Nunca lo hice, aunque ganas no me faltasen, porque sabía que era dañino. Imponerte sobre alguien es dañino para la otra persona, siempre.
#99 No, si a mi me parece bien tu opinión, pero yo lo que estoy diciendo es que hay consideraciones legales (como la de arriba expuesto de hacer pasar la vestimenta como una circunstancia atenuante a través del principio de arrebato u obcecación transitoria) en un eventual juicio a un violador.
Estas consideraciones legales no son fruto del azar y están allí por una reflexión moral y social plasmada en la ley y es lo que pretendo traer aquí, es decir, que penseis, por ambos lados (es decir, del lado de la víctima y el lado del acusado) las circunstancias en las que creeis que debe ser altamente castigable crimenes como los relacionados con las agresiones sexuales.
Pensad también que la ley debe ser lo más equitativa posible y evitar que esta pueda ser usada para generar desigualdades tal y como sucede ahora, de facto, con las leyes de género y por extensión, la aplicación e interpretación de delitos de contenido sexual (tales como agresiones y abusos como las que estamos hablando o las ya famosas denuncias por violencia de género).
#100 Ya pero resulta que lo de los arrebatos no contemplan que un tio se vuelva loco por ver una tia "enseñando" porque no estamos en Irán.
esos "arrebatos" contemplan mas bien casos como pillar a tu novia follandose a tu mejor amigo, se te crucen los cables y te cargues a los 2, pero para nublarte el juicio por un escote ya hay que estar muy mal de la cabeza, lo sufciente como para ir al manicomio hasta que te vean medianamente bien
#35 Te puedes querer comer todos los cupcakes de la pastelería pero hay una cosa que se llama razonamiento y que precisamente nos distingue de los animales, ese proceso por el cual la persona piensa "lo que estoy pensando no es moral" y deja de tener predisposición a hacerlo.
A mí me parece que una violación se tiene que pagar con la misma moneda. Que los castren o les pete el culo un negraco de 2 metros a ver si así les hace tanta gracia el hecho de meterla en cualquier sitio.
#99 #101 Bueno, aquí ya entra la pericia del abogado y su conocimiento de la ley para interpretar un hecho como X o como Y.
De todos modos, un escote y una minifaldilla son fácilmente traducibles en una reducción del quantum de la pena en un caso de violación si interpretas de según que forma el Código Penal.
Y sino, te pongo un ejemplo:
Caso de una violación a una chica de 2X años, en el lavabo de una discoteca. Un tio fuerza a una tia a mantener relaciones sexuales con él después de que esta le estubiese sacando copas de gratis y se pegase cuatro bailoteos con él y sus amigos. Pero ella no tenia ninguna intención más allá de bailar y "pasarselo bien" mientras que él, consideraba todo eso como claros indicios de que iban a tener relaciones sexuales.
Como puedes ver, es una escena relativamente habitual en un ambiente random nocturno y que se suele saldar con un tio mosqueado una tia que se ha sacado una noche de copas gratis. Pero pon que el sujeto en cuestión va más allá y en un momento dado (en el párking, el lavabo, a las afueras, la sigue, etc...) la coge y la fuerza a mantener relaciones mediante la fuerza bruta (sin armas ni objetos contundentes y la agresión se limita solo a relación sexual completa).
Con el Código Penal en la mano y interpretando el delito así a modo raso, entiendo que se aplicaría lo estipulado en el artículo 179 del Código Penal:
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Penal/lo10-1995.l2t8.html
Cuando la agresión sexual consista en acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal, o introducción de miembros corporales u objetos por alguna de las dos primeras vías, el responsable será castigado como reo de violación con la pena de prisión de seis a 12 años.
Ahora bien, yo defendiendo la causa, podría interpretar que en realidad no fue una Agresión sexual sino un Abuso, recogido en el artículo 181 y que interpreta que:
1. El que, sin violencia o intimidación y sin que medie consentimiento, realizare actos que atenten contra la libertad o indemnidad sexual de otra persona, será castigado, como responsable de abuso sexual, con la pena de prisión de uno a tres años o multa de dieciocho a veinticuatro meses
Lo cual pasa, así del tirón, de una pena mínima de 6 años a una máxima de 3 años, con mínimas de 18 meses.
Ahora bien, también le intentaría sumar diferentes atenuantes como:
A) La de obrar por causas o estímulos tan poderosos que hayan producido arrebato, obcecación u otro estado pasional de entidad semejante. Ya que entendería que ha habido una provocación prévia y el estado de la líbido junto con las drogas provocó el estado de arrebato o enajenación transitoria, lo cual seria un atenuante de primer orden.
Intentaría demostrar la responsabilidad por provocación por parte de la víctima (aunque, desde luego, nunca podrá eludir, desde este enfoque, su cuota de responsabilidad por haberse puesto en situación vulnerable). Ya que el bailoteo y la vestimenta podrían entrar en estos supositos.
C) También le sumaría el atenuante de actuación bajo los efectos de los estupefacientes, que siempre es un atenuante.
Yo creo que solo con estos 3 elementos más lo arriba expuesto, este caso se podría saldar con una ligera multa y "pa casa" si la pericia del abogado es notable mientras que con la ley en la mano le podrían encasquetar, de igual modo, una condena de 12 años tranquilamente.
#104 Si, estoy de acuerdo, pero como puedes ver, la sociedad en su mayoria sigue siendo esclava del pensamiento tabú que antes indicabas. Solo hace falta ver las posturas que se toman por hablar de "LA VIOLACIÓN" como si fuesen palabras mayores cuando no deja de ser un debate filolegal por llamarlo de algun modo. De todos modos, no me refería tanto a los violadores reincidentes y que evidencian algun tipo de trastorno ya que aquí la aplicación de la ley (judicial y moral) es simple y sencilla sino la de las violaciones puntuales o denuncias por casos de violación aisladas. Es aquí donde está el quid de la cuestión.
El principal problema de esa pregunta es que la sociedad se ha movido desde tiempos inmemoriales en torno a la idea de que el sexo es tabú. Si no se hubiese desarrollado esa idea, ahora mismo no estaríamos discutiendo sobre esto.
De todas maneras, considero imprescindible descernir entre predimetación y no predimetación. Es decir. Si se demuestra que alguien ya sea hombre o mujer (que muchos habéis obviado directamente) tenía planeado forzar a una persona a mantener relacciones sexuales, esta debería ser castigada con la privación de la libertad por un tiempo definido (que no considero personalmente que sea mucho, en función de la gravedad del asunto, 4 5 6 años?)
En cambio, hay un problemón si no ha sido predemeditado. Porque es la palabra de uno contra otro. Es muy dificil, por la multitud de casos particulares que pueden existir. Que la otra persona lo haya incitado y luego se haya echado para atrás, practicas sexuales no aceptadas durante una práctica sexual consentida, simple venganza tras un coito consentido, trastornos psíquicos o sociales, etc etc... Estos son los casos que más deberían mirarse.
#103 Las leyes no son un referente puramente objetivo, no sé qué pretendes decir con todo eso. Ni tampoco me interesa, tbh.
#103 Hola?!? Y porque invites a una chica a copas ya tiene que tener sexo contigo si o si? Primero, nadie obliga a nadie a invitar a una o mas copas a una persona,vamos. Si alguien te invita es por que esa persona quiere,ni que le pusieran una pistola en la cabeza. Que luego la chica quiere llegar a algo mas?Pues claro que si,porque no,pero no porque le inviten a unas copas, sino porque le gusta el chico,le apetece...es que lo que has dicho es una barbaridad,al igual que he comprobado en varios posts. No puedes OBLIGAR a una persona a hacer algo que no quiere y mucho menos sexual.Eso tiene que ser algo mutuo.
#106 Solo estaba aplicando la ley a la situación que planteaba. Donde he dicho que fuese mi opinión?
Legalmente, compartir bebidas y bailar de forma lasciva con un extraño se puede interpretar como una provocación e incluso una incitación/invitación a mantener relaciones sexuales, con lo que en el caso de que finalmente hubiesen relaciones no consentidas, se podría considerar un atenuante.
Vamos, en el fondo es un poco la lógica jurídica. La pena debe ser la misma para un hombre que ha tomado 2-3 copas de más, ha bailado con la víctima con ropa ligera y en un momento de líbido extrema ha sido rechazado y por eso llega a mantener relaciones no consentidas con la de un stalker que de forma premeditada viola a una mujer en la salida de su casa?
Puedes decir que los 2 casos son iguales, pero legalmente no lo es. Y éticamente y moralmente, creo que tampoco. De aqui a que os invitase a pensar sobre esto, pero en ningún caso se debe interpretar como una justificación del delito sino como un intento de establer graduaciones y penalizaciones en función de la agresión.
#106 Bueno yo ahí echo una lanza a favor de #107 , lo explico un poco:
Hace unos meses, estudiando en clase el discurso forense nos hicieron plantear a algunos un trabajo por grupos, no puedo hablar con total detalle del tema porque no me tocó hacerlo ya que yo me había presentado a otras prácticas anteriores y algunos de mis compañeros no. Resumiendo, era un caso de una chica del norte (creo que Galicia, sino recuerdo mal), que una noche en un bar conoce a un chico, tontean y se toman unas cuantas copas juntos, él luego la invita a subir a su casa y ella accede pero una vez en casa del chico ella se niega a mantener relaciones sexuales con él y él se pone furioso e intenta sobrepasarse. Ella lo amenaza entonces diciéndole que va a estropear su carrera y que va a contar que ha intentado sobrepasarse con ella, él se vuelve entonces loco y la apuñala varias veces en diferentes puntos del cuerpo.
Hasta aquí no parece que tenga mucho que ver con el tema, lo que quiero destacar es que cuando se celebró el juicio la defensa de este chico alegó que él y la chica habían estado tonteando esa noche, que bebieron juntos y que la invitó a subir a casa y ella accedió, que en ese momento ella estaba aceptando una más que posible relación sexual. Esto se tomó en cuenta porque tiene sentido pero había otra serie de hechos que llevaron a culpar al chico, entre ellos que era estudiante de medicina (se estaba especializando en psiquiatría) y conocía más que de sobra las partes vitales del cuerpo humano, vasos sanguíneos etc donde le dio a la chica las puñaladas. También que intentó deshacerse del cuerpo con ácido u otro modo químico. Pero realmente el hecho de que se suponía que iban a mantener una relación sexual está ahí.
¿Por qué no es suficiente dejarse invitar a unas copas para justificar o excusar una violación? (o el pensar en ella). Muy sencillo, como he dicho, porque no es moral obligar a una persona que en el momento de proponerle una relación sexual te dice NO. A partir de ese momento, estás violando su integridad, su cuerpo y su respeto.
#111 +1, no puedo dar manitas, se me han agotado hoy pero quería dártela xD.
#107 Por muchas copas, bailes, restriegos y besos o demás si llegado el momento la persona te dice que no quiere tener relaciones no puedes forzarla, por mucha insinuación o pagafanteo previo. Y considerar eso como un atenuante es una aberración.
A ver si ahora porque se lleve una copas de más por ambas partes da la sensación de que todo queda en el limbo y todo esta permitido.
Y si nos ponemos con las tonterias de las copas tanta culpa tiene la persona que acepta la invitación sabiendo a lo que va un tio en una discoteca como el tio que necesita hacer eso para que una chica le haga caso.
#109 No se si sera verdad pero lo que si es cierto esque los otros presos a los violadores les tienen bastante asco.
Es curioso por que ser un asesino/estafador/ladron esta mejor visto que ser un violador...
Sabíais que muchas mujeres tienen como fantasía sexual ser violadas? Y es que la violación es una fantasía masivamente popular entre las mujeres. La mayoría de los psicólogos creen que esta fantasía sexual femenina le permite a una mujer tener el sexo salvaje e indecente que ella anhela, sin tener que sufrir de la culpabilidad que a menudo esto conlleva.
Pero no con una persona asquerosa por la calle coño y sin saber si tiene mil enfermedades.
Si es que... xD
#109 Y si eres pederasta ni te cuento, le hacen tratamiento de choque y rehabilitado XDDD
#112 No creas, a los asesinos mas que nada se les tiene miedo, si eres un vulgar ladronzuelo (tipo hacker ó contable se rien de ti y si eres un violador/maltratador que va a por presas indefensas (niño,mujer,anciano) pues aparte de asco te cogen rabia
#110 #111 Ya, pero es que vuestra consideración sobre lo que es o no es aberrante, en un proceso judicial, es irrelevante.
Quiero decir, las divergencias en la ley y las sentencias residen en su interpretación (vamos, en la interpretación de la ley y el como aplicarla) y que yo os diga que la vestimenta o la actitud de la víctima antes de la violación es un atenuante, no es una opinión, es una realidad judicial.
Está bien jugar a ser juez y parte, pero de lo que estamos discutiendo son varias cosas. En primer lugar, pondriais en el mismo saco todos los casos de violación arriba expuestos? Es decir, reincidientes con violadores casuales, por decirlo de algun modo?
Más que nada porqué es así. Y lo que yo os pregunto es si DEBE ser así.
#115 Pero estamos hablando de una cosa muy compleja. Que la ley diga que puede ser atenuante está ahí dicho pero pueden darse muchas circunstancias. Supón que una chica trabaja como bailarina en una discoteca y que se tiene que poner determinada ropa provocativa, porque la chica esté haciendo su trabajo y se vista de ese modo (cosa que le exige esa discoteca para la realización de ese trabajo) ya es excusable que un tío la intente violar mientras va al baño a cambiarse para el siguiente número?. Es algo muy complejo de determinar.
Para mí una violación es una violación, repito, PARA MÍ, y le aplicaría lo mismo a tod@s las personas (porque no sólo violan los hombres) que la hubieran realizado.
Castración + carcel + embargo.
Carcel + embargo debería ser común a todos los crímenes, pero en el caso de los sexuales la castración nunca está de más.
#116 A ver, es obvio que en el caso de la gogó que planteas, al estar obligada a vestir de X forma por motivos laborales, la eximiria de su cuota de responsabilidad por haberse puesto en situación vulnerable, cosa que no pasaría con una clienta.
Vamos, es que está todo recogido en el Código Penal.
Pero vaya, ya me has respondido a lo que preguntaba. Según tú, todos los violadores son iguales. Desde el reincidente violador de menores hasta un tio que un dia borracho se folla a otra borracha y luego esta se arrepiente y dice que no fue consentido.
Visto esto, que castigo estándard les impondrías a todos ellos, entendiendo, de lo que deduzco de tus palabras, que si por ti fuera, en las violaciones no habría ni atenuantes ni agravantes, no?
#119 Pero es que el caso de la falsa denuncia no sería violación :/ ¿Qué castigo le pondrías a un inocente? Pues ninguno obviamente.