Declaración de la renta 2023

rayka


EN ACTUALIZACIÓN
Portal Campaña Renta 2023: https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/Renta.html
Simulador Renta 2023: https://www2.agenciatributaria.gob.es/wlpl/PARE-RW23/OPEN/index.zul?TACCESO=COLAB&EJER=2023

Como todos sabéis, es a partir del 3 de abril cuando podremos presentar la declaración por internet. Desde el 29 de abril podremos pedir cita telefónica y desde el 29 de mayo, cita para acudir presencialmente a las oficinas de la AEAT para que nos confeccionen la declaración. El plazo para presentar la misma finaliza el 1 de julio.

Como siempre, recordad repasar el borrador antes de confirmarlo, especialmente si tenéis derecho a alguna deducción. Si sale a pagar, tened en cuenta la posibilidad de fraccionar el pago y, en caso de que salga a devolver, sed conscientes del tiempo del que dispone la administración para efectuar la devolución.

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NOVEDADES

  • Se eleva el límite excluyente de la obligación de declarar para los contribuyentes que obtienen rendimientos del trabajo procedentes de más de un pagador (en el que cobra más de 1500 euros del segundo y ulteriores) a 15.000 €.

  • Se eleva la reducción por obtención de rendimientos del trabajo. Se beneficiarán de ello los contribuyentes con rentas hasta los 19.747,50 €.

  • Los gastos de difícil justificación para los empresarios en directa simplificada son del 7%.

  • Se amplía el colectivo que puede beneficiarse de la deducción por maternidad (ver manual).

FAQ

¿Estoy obligado a presentar la declaración?
Existen diversos límites que nos eximen de la obligación de presentar la declaración, dependiendo del tipo de rendimiento/s que obtengamos. Podéis consultar dichos límites aquí: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2006-20764&p=20200226&tn=1#a96
A destacar el límite de 15.000 € para contribuyentes con rendimientos del trabajo con varios pagadores, cuando del segundo y ulteriores reciban más de 1.500 €.

¿Puedo deducirme algo por la hipoteca de mi vivienda habitual?
Desde el 01/01/13 se suprimió la deducción por inversión en vivienda habitual.

A partir del 1 de enero de 2013 sólo tendrán derecho a aplicar la deducción por inversión en vivienda habitual por las cantidades satisfechas en el período de que se trate los siguientes contribuyentes:

  • Quienes hubieran adquirido su vivienda habitual con anterioridad a 1 de enero de 2013.
  • Quienes hubieran satisfecho cantidades con anterioridad a 1 de enero de 2013 por obras de rehabilitación o ampliación de la vivienda habitual, siempre que las citadas obras estén terminadas antes de 1 de enero de 2017.

No obstante, es necesario que los contribu­yentes hayan aplicado la deducción por dicha vivienda en 2012 o en años anteriores, salvo que no la hayan podido aplicar todavía porque el importe invertido en la misma no haya superado el importe exento por reinversión o las bases efectivas de deducción de viviendas anteriores.

¿Puedo deducirme algo por el alquiler de mi vivienda habitual?
Desde el 01/01/15 se suprimió esta deducción estatal. No obstante, si el alquiler es anterior a esta fecha, se puede seguir deduciendo. Esta deducción estatal es distinta a las que pueda haber en cada comunidad autónoma. Por tanto, aunque no tengáis derecho a la estatal, comprobad en las deducciones de vuestra comunidad si la podéis aplicar.

En los datos fiscales me aparece un importe con el concepto gastos deducibles. ¿Qué es eso? ¿Es lo que me devuelven?
No, no tiene nada que ver con el resultado de la declaración. Son gastos deducibles en los rendimientos del trabajo, normalmente hace referencia a la cotización a la seguridad social.

Tengo derecho a la deducción autonómica por alquiler, meto los datos pero no pasa nada. Mirad las condiciones para poder practicar dicha deducción en vuestra comunidad autónoma. Puede haber requisitos de no superar cierto límite en la base imponible, de que la cantidad pagada supere cierto importe, etc.

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richmonde

Gracias por el curro, como cada año!

3 de abril > Fecha marcada que o bien me pegan un sablazo, o me alegran el mesecito con una extra adicional.

¡Estaré ansiosos por el resultado!

Hilo directo a → :star:

1 1 respuesta
TripyLSD

Uno de los motivos por los que sigo visitando el foro es este 🤣 gracias por el currazo.

Ya se oyen los tambores a lo lejos.
Hacienda is coming.

1
H

Gracias por el hilo, a la espera de ver el borrador ^^

MaTrIx

Como me van a joder este año 😆. Me rio por no llorar

Nujabes

Here is hacienda.

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Dientecillos

Todos los años saco justo lo que me cuesta el seguro del coche. La naturaleza equilibrándose.

1 respuesta
challenger

¿Esta es la fila para pagarle la vida a los parásitos?

22 1 respuesta
senzye

Llegado el punto en que está justificado moralmente defraudar lo posible. Suerte.

1
Contractor

Nervios... Se huelen los nervios XD

ChaRliFuM

Yo tengo curiosidad por ver cómo me sale este año, además de mi curro he empezado a monetizar cosillas como creador de contenido así que a ver qué me cuenta el gestor a final de mes jaja

1 respuesta
richmonde
#11ChaRliFuM:

monetizar cosillas como creador de contenido así que a ver qué me cuenta el gestor a final de mes

Te vas a cagar vivo, palabra.

1 respuesta
Aura-

Vamosss

isvidal

Se vieneeee, espero mas o menos 10k a pagar.

ChaRliFuM

#12 Imagino que me tocará pasar por caja pero tampoco espero que sea una barbaridad... al fin y al cabo empecé a monetizarlo después de verano y en todas las facturas que emito siempre descuento el IRPF, así que ya veremos xd

dynamic

todos los años el mismo cuento, si te sale a pagar es porque tienes un % de irpf al mes bajo

2 respuestas
Juan_Luis93

Recordad que en Cataluña se puede deducir el alquiler del piso, a mi me ha salvado dos declaraciones de pagar a cobrar.

1 respuesta
wdaoajw

Este año entre baja de paternidad, los niños y el desgravarse pasta por la.nueva casa en Madrid, espero un bonus de parte de hacienda.

Veremos

1 1 respuesta
richmonde

#17 Hasta un tope, y segun tus ingresos. Tu rellena las casillas, y si te sale a devolver eso que te llevas, pero si ingresas 3k y pagas un alquiler de 1200, muy posiblemente te salga 0€ de dicho alquiler.

https://taxdown.es/blog/deduccion-alquiler-cataluna/#::text=Catalu%C3%B1a%20es%20la%20segunda%20comunidad,se%20eleva%20a%20600%20euros.

Cuantía

¿Cuánto puedes desgravarte?
Cataluña es la segunda comunidad autónoma con mayor número de declaraciones de la renta en España, situándose detrás de Andalucía.

En Cataluña, puedes desgravarte un 10% del alquiler pagado, con un máximo de 300 euros anuales. Si realizas la declaración de forma conjunta, esta cantidad se eleva a 600 euros.

Requisitos

Qué requisitos debes cumplir para poder aplicar la deducción
Para poder beneficiarte de esta deducción, debes cumplir al menos una de las siguientes situaciones:

  • Haber residido en Cataluña un mínimo de 183 días.
  • Tener 32 años o menos en la fecha de devengo del impuesto.
  • Tener un grado de discapacidad igual o superior al 65%.
  • Ser viudo o viuda y tener 65 años o más.
  • Además, tu base imponible total no debe superar los 20.000 euros anuales. Si realizas la declaración conjunta, este límite asciende a 30.000 euros anuales. Asimismo, el importe del alquiler pagado debe exceder el 10% de tus rendimientos netos. Ten en cuenta que para una misma vivienda, la deducción máxima permitida es de 600 euros.
1 respuesta
Soy_ZdRaVo
#16dynamic:

todos los años el mismo cuento, si te sale a pagar es porque tienes un % de irpf al mes bajo

no todos tenemos un salario fijo.

Juan_Luis93

#19 Si, se que hay un tope, los dos últimos años me salía a pagar un poco 50-100 euros, y me devolvieron 200, me descontaron esos 300 como maximo. Por suerte, al menos en mi caso, me cuadro bastante bien el irpf, ya que me lo hago yo mismo xD

ralt

Yo el año pasado me sajaron 900€ no entiendo como me piden tanto. Vivo solo, mi sueldo solo llega a 15.000€ (pero claro tengo hipoteca asi que me toca pringar) y aún así me quitan mogollón no sé que suele ser lo habitual

5 respuestas
richmonde

#22 Muy posiblemente el IRPF en las nóminas te lo estén asignando mal. Si te toca (me lo invento) 12%, te habrán puesto un 8%, y la diferencia es la que te sale a pagar. Has estado cobrando al mes más de lo que debería.

EDIT: Se me ocurre que te hayan retenido un 2% y no un 2.43%, y ese 0.43% de cada mes, te haya supuesto esos 900€

Pero es que ni con esas, no te supone pagar más de 360€ apx... hay algo raro, o no estas contando todo (recibir ayudas de algun plan moves, o algo del estado)

1 respuesta
K

#22 tener hipoteca te obliga a hacer la declaración? Primera noticia

MaTrIx

#16 no tiene por que. A mi la empresa como todos los años, las retenciones me las hace perfectas. Pero como he cobrado una ayuda al alquiler de 2500 euros y eso no viene con cotización, pues me van a meter una puñalada que me obliga a devolver casi un tercio de esa ayuda

Dredston

.

Juan_Luis93

#22 Seguramente sea lo que dice #23. Al final, o lo pagas cada mes, o cobras mas y cuando haces la declaracion te sueltan la ostia

rayka

#22 de un solo pagador? Explícate un poco más, porque según lo cuentas no tiene sentido, ni el importe a pagar de 900 euros por unos rendimientos de 15k, no que presentes la renta sin estar, a priori, obligado a ello.

Estamos hablando de l AEAT española o algún régimen foral?

Aura-

#22 15.000€ bruto de un solo pagador no estás obligado a hacer la declaración

3
Fyn4r

Tengo la sensación de que me va a caer un palo gordo