1. ¿Cuál es el procedimiento para cerrar una web en esta modificación de la ley Sinde?
- Antonio Guisasola, presidente de Promusicae (Productores de Música de España):
"Se crea la comisión que va a recibir las denuncias y analizar los datos sobre quién es el dueño de la web que ha cometido la infracción. Si no consigue los datos, la comisión lo remite a un juez para que se dirija a las operadoras. Cuando tenga todos los datos, mandan un requerimiento al dueño para quite el contenido ilegal. El dueño tiene dos días para contestar y de ahí, se puede llegar a bloquear la página web. Esa resolución pasa de nuevo a un juez".
"Hay que dejar claro que sólo se podrán cerrar webs que, teniendo contenido ilegal y habiendo sido advertidas de ello, no retiren esos contenidos. Sólo aquellas que no atiendan. Por un error o un enlace mal puesto no se va a cerrar una web; sólo en caso de que se empeñe en no quitarlo".
- David Bravo, abogado especialista en propiedad intelectual:
"El denunciante se dirige a Cultura diciendo que hay una supuesta infracción. Cultura solicita a la web que retire el contenido y si no lo hace, puede hacer alegaciones. La comisión del Ministerio resuelve rapidísimo la medida a adoptar; si hay infracción, el cierre o la retirada del contenido. Después se pregunta a un juez si se está ejerciendo un cierre que afecta a los derechos fundamentales y si el juez dice que no, se ejecuta la medida".
"La decisión se toma previamente y al juez se le pregunta después. Es rapidísimo. A la web se le dan 48 horas para que retire voluntariamente los contenidos o cinco días para alegar -cuando en cualquier recurso administrativo son 15 días. La práctica de la prueba son dos días; cinco días para las conclusiones; y la comisión tiene tres días para decidir".
2. ¿Cómo se interpreta que la ley permita clausurar una web cuando se considere que es "susceptible de causar daño patrimonial"?
- Antonio Guisasola: "Se refiere a páginas de enlaces en las que, por ejemplo, no hay una vulneración directa de los derechos de autor. Alude a quien tenga una página que vaya a contribuir a causar un perjuicio, como poniendo el enlace. Poniendo todos los elementos para que un tercero cometa la infracción, se convierte en un cooperador necesario y promueve que se infrinja la ley".
- David Bravo: "Lo interpretará la comisión cuando sea susceptible. La interpretación está absolutamente abierta. Un mero blog que enlace a un vídeo en Youtube podría ser cerrado".
3. ¿Podrán los usuarios seguir bajando series, películas, etc., de sitios de almacenamiento como Megaupload o Rapidshare?
- Antonio Guisasola: "Podrán, pero seguirá siendo ilegal y podrán ser perseguidos en los tribunales civiles. No es un delito pero sí una infracción civil. Megaupload tendrá que mejorar sus licencias porque ya tiene pleitos y acabará enfrentándose con responsabilidades".
- David Bravo: "Sí, en principio no va dirigida a ellos, pero sí a intentar dificultad la manera de hallar esos contenidos. Los usuarios encontrarán otro atajo mejor".
4. ¿Seguirán funcionando los programas P2P como eMule o los basados en BitTorrent?
- Antonio Guisasola: "En este caso, se podría ir contra el programa, pero el P2P queda fuera de esta ley. Sigue siendo infracción civil, no está legalizado".
- David Bravo: "No cambia. Técnicamente, un programa P2P no es un prestador de servicios. El eMule es un programa de los propios usuarios, por lo que esta ley es ineficaz. Directamente no podría ir contra ellos, aunque indirectamente sí les afecta".
5. ¿La limitación a la descarga afecta a los contenidos protegidos por derechos que se visionen por streaming?
- Antonio Guisasola: "Sí, una página como Seriesyonkis.com será de las primeras que reciba un requerimiento".
- David Bravo: "La cuestión es quién aloja el contenido. La comisión puede tener un criterio distinto y denunciar que quien enlaza es también un infractor. Puede ser que un vídeo este Youtube o Megavideo y sin embargo, una web que tiene el contenido embebido y que, según los jueces, no infringe la ley, pero la comisión podría tener un criterio distinto y solicitar la retirada".
6. ¿Puede afectar a otro tipo de sitios que reproducen contenido con derechos como Spotify?
- Antonio Guisasola: "Spotify es legal. Es la versión legal de las páginas de streaming con acuerdos con artistas y productores".
- David Bravo: "Spotify en principio tiene todo atado porque tiene los derechos".
7. ¿Qué puede suponer esta ley para los sitios que alojan contenidos de los internautas, como Youtube, Menéame o cualquier plataforma de blogs?
- Antonio Guisasola: "Youtube ya tiene una política de contenidos no autorizados. No tendrá ningún problema porque tiene una política activa de retirada".
- David Bravo: "Se puede ir contra Youtube, Google, Menéame, etc. En Internet hay continuas fricciones con la propiedad intelectual".
8. ¿Podrá utilizarse la ley para acusar a quienes comparten contenidos sin ánimo de lucro?
- Antonio Guisasola: "Depende. Compartir contenidos sin ánimo de lucro para los que no tienes derechos no es legal. Pero la ley eso no lo toca. Si me llevo un traje de El Corte Inglés, aunque no sea para sacar beneficio de él, no es legal".
- David Bravo: "No puede afectar a quien comparta contenidos sin ánimo de lucro. Pero sí afecta si el contenido se sube sin autorización. El intercambio entre particulares está lejos de ser lo mismo que un prestador de servicios".
Fuente: SER.