No es solo el grado de madurez cercano, también lo es la cercanía por edad. En la sentencia absuelven al chico de 19 años cuando hay coito con la chica porque el grado de madurez era similar y porque la diferencia de edad en este caso no la consideran importante. Aunque el chico hubiera sido madurísimo entiendo que le hubieran absuelto igual por cercanía de edad.
De hecho el de 19 se hubiera librado de la cárcel si no hubiera estado con los otros en el salón con la luz apagada y hubiese entrado solo a la habitación.
Artículo 183 quater
El consentimiento libre del menor de dieciséis años excluirá la responsabilidad penal por los delitos previstos en este Capítulo, cuando el autor sea una persona próxima al menor por edad y grado de desarrollo o madurez.