Buenas, mediavideros/as.
Este hilo va a tratar sobre nuestros queridos amigos, los vigilantes de seguridad. Esos trabajadores que vemos paseando por recintos de feria, por hipermercados, en grandes empresas, hospitales...
Bien, vamos a aclarar unos puntos sobre ellos:
Qué pueden hacer?
En que se amparan para hacerlo?
F.A.Q sobre los VS
¿Puede un vigilante de seguridad hacer la labor de control de accesos, y pedirme el DNI?
spoilerSi. Un vigilante tiene entre sus cometidos, la labor de control de acceso, y muchas veces es necesaria la identificación de la persona que tenemos delante (Para fiestas privadas, eventos, o simplemente para tener un control sobre quien ha estado dentro del recinto)
¿Puede un VS detener? (Ojo, digo DETENER, retener no existe, ahora lo explicamos a continuación)
spoilerSi. Un VS puede detener, en los supuestos del art. 490 de la LECRIM, y ajustandose también al art. 17 de la constitución. Por delitos, y por faltas ( siempre que no tuviese domicilio conocido)
Es decir, que si un VS me vé guardandome una chocolatina en el alcampo de mi barrio...
spoilerPueden pasar dos cosas. Si te pide el DNI y no se lo quieres dar, o no lo llevas encima, te va a detener, llamará a la policia, y te denunciará por una falta de hurto. Está en potestad de detenerte, pues no tienes domicilio conocido, ni tiene medios para comprobar tus datos.
¿Puede un VS registrar (cachear)?
spoilerSi. un VS puede registrarte, y debe ser de tu mismo sexo.
No me creo nada. ¿Dónde viene eso en la ley?
La detenciónPor qué se le llama detención? Siempre escuché que un VS podía retener...
jurídicamente hablando no existe el termino retención, solo detención, la retención por muy corta que sea es una detención atendiendo a la definición de detención:
"medida cautelar de carácter personal consistente en la privación provisional de la libertad ambulatoria", si retener es "Impedir que algo salga, se mueva, se elimine o desaparezca."
entonces ya se está impidiendo la libertad deambulatoria de la persona, el libre albedrío, por lo que la retención es una detención en si misma.
También lo dice el tribunal constitucional:
STC 98/1986:
"Debe considerarse como detención cualquier situación en que la persona se vea impedida u obstaculizada para autodeterminar, por obra de su voluntad, una conducta lícita, de suerte que la detención no es una decisión que se adopte en el curso de un procedimiento, sino una pura situación fáctica, sin que puedan encontrarse zonas intermedias entre detención y libertad."
Ahora que tenemos claro que un VS puede detener, veamos los supuestos:
se detiene en casos de intento de delito, o de realización material "in fraganti" de delito o de falta. No cabe la detención por infracción administrativa.
Es decir, si te vé haciendo algo que no debes, y venga castigado en el código penal, pero tampoco es necesario que te haya visto el mismo el delito o la falta, sino que puede tener "motivos racionalmente suficientes" (art. 491 de la LECRIM) para concluir que se trata de un "delincuente in fraganti" (art. 490.2 de la LECRIM). No sólo eso, sino que también nuestro Reglamento, en su art. 76.2. dice: "cuando observaren la comisión de delitos, o cuando concurran indicios racionales de tal comisión, deberán poner inmediatamente a disposición de las FFCCS
Y poner a disposición de las fuerzas y cuerpos de seguridad, no es otra cosa, que detener.
¿Cuándo un VS me puede identificar?Hay 4 supuestos en los que un VS te puede pedir el DNI:
1- En controles de acceso:
spoilerpara verificar la identidad mediante la comprobación de la documentación de la persona que quiere acceder a un local o recinto; y llevar un registro de las personas presentes en el interior del mismo, de cara a cualquier posible infracción penal o evacuación. (art. 71.1.b. del Reglamento de Seguridad Privada y artículo 11.1.b de la Ley de seguridad Privada)
2- En caso de delito:
spoilerEn este caso están obligados a ello. (art. 151.5.c. del Reglamento de Seguridad Privada, y art. 11.1.b de la Ley de Seguridad Privada)
3-En el interior del recinto donde trabaja
spoiler (artículos 76.1, 77 y 71.1.b. y c. del Reglamento de seguridad privada y 11.1.b y c de la ley de seguridad privada)
a) Para evitar la comisión de actos delictivos e infracciones
b) Para verificar que todo el personal allí presente ha accedido por el control de accesos y no lo ha evitado ilegítimamente; lo que resulta complementario del primer supuesto
4- En caso de falta cometida "in fraganti"
spoilerSi una persona ha cometido una falta, deberemos identificarla para poder denunciar. Aqui pueden pasar tres cosas:
1- Que lleve la documentación encima
2- Que no lleve la documentación encima
3- Que la lleve, pero no se quiera identificar
En el supuesto 1º Se le identificaría, y se le denunciaría por la falta cometida.
En el 2º supuesto, se quedaría detenido, hasta que llegase policia o guardia civil, y le trasladarían a comisaría para poder identificarle, y proceder a la denuncia.
En el 3º supuesto, se procedería igual que en el segundo supuesto.
Pueden ir armados? algunos les he visto con revolver... son VS?
Si, todos son vigilantes de seguridad.
Lo que todos los VS deben llevar, obligatoriamente, es:
Grilletes
Defensa (Porra) de 50 cm
Además, pueden llevar:
Revolver calibre 38 especial 4 pulgadas
Escopeta 12/70
Eso no quita que no puedan llevar nada mas... algunos optan por llevar cuantes anticorte, o incluso chaleco antibalas, en los servicios de riesgo.
¿Cómo puedo saber si una persona es VS o no lo es?
Todos, Todos, y digo TODOS, los VS tienen que llevar la placa al pecho, en la parte superior izquierda, y la TIP encima (Tarjeta de identificación profesional)
Si una persona os quiere registrar, identificar, etc, y no lleva la placa encima, deberíais pedirle el TIP (es un sector con mucho instrusismo, donde las empresas colocan "auxiliares" en vez de VS, sin formación alguna, a realizar tareas de VS)
si no os quiere enseñar el TIP, y no lleva la placa que le identifique, llamad inmediatamente a la policía y ponedlo en su conocimiento.
Si os interesa el tema, podría seguir hablando de las especializades de VS (Escolta privado, y Vigilante de Explosivos) y lo que puede hacer un VS (Guía canino, radioscopia...)