Tengo una duda, sobre una de las múltiples incoherencias de esta nueva ley antitabaco recientemente aprobada. Según esta, se permite fumar en las terrazas de bares, siempre y cuando no tenga mas de 2 paredes y techo; y por otra parte, no se permite fumar en los portales de edificios. Ahora, si la terraza está justo delante de mi portal y me siento a tomarme una cerveza en la mesa que está justo delante, a 1 escaso metro, ya que estoy consumiendo en el bar, puedo fumar; y si estoy de pie, en el mismo portal, no se me permite fumar?
Solo se nos ha prohibido fumar en aquellos sitios donde el estado no recibe beneficios?
No se si estas preguntas ya han sido respondidas o comentadas en alguno de los hilos que hay sobre esta (desde mi punto de vista) vulgar ley. Si es así, cerrad esto y ya está.
Un saludo amigos.