Este era un buen tema para tratar en este hilo (del que aprovecho para hacer spam): https://www.mediavida.com/foro/estudios-trabajo/consultorio-laboral-712778
Te voy a dar contexto jurídico a tu situación:
- Que no se haya firmado una hoja de encargo no significa que no haya contrato. Los contratos pueden ser verbales, y si el abogado ha realizado unas actuaciones en tu favor, tiene derecho a cobrarlas.
- Si no se hace mención expresa al IVA, el precio pactado entre las partes se entiende que no incluye IVA (es decir, que tendrías que asumir un 21% posterior). Esto es discutible, pero hay consultas vinculantes de la dirección general de tributos en este sentido.
- En tu caso, ya hay pagos, por lo que pide a tu banco certificados de las transferencias realizadas. Para tener pruebas y acreditar el pago en caso necesario.
- El abogado puede iniciar un procedimiento que se denomina "jura de cuentas". Él tiene que justificar todas las actuaciones que ha realizado y pedir unos horarios.
- El juzgado te da traslado durante un plazo de tiempo para que pagues, acredites el pago, o impugnes las cuentas. Si llegas a este punto, tendrás que buscarte otro abogado.
- Si no recuerdo mal, tras impugnar las cuentas del abogado, el juzgado pide un informe al colegio de abogados para que realice un informe objetivo sobre si esos honorarios son proporcionados o no.
- Cada colegio de abogados cuenta con unos criterios orientadores con los que se cuantifican los honorarios de los abogados.
- Esos criterios suelen ser unos precios "elevados" para lo que es el mercado actualmente. Probablemente ronden en torno a lo que el abogado te ha intentado cobrar.
- Los juzgados adherirse al informe del colegio de abogados.
Dicho lo cual, en mi opinión, si tú le has pagado lo que pactasteis verbalmente, y puedes acreditar los pagos, no creo que el abogado inicie el procedimiento formal de la jura de cuentas.
A ti te vendrá mal pagar el IVA (lo cual además sería discutible), pero a él seguramente le vaya peor, pues también le aumenta el IRPF.
También puedes ir al colegio de abogados e informar de la situación y pedir asesoramiento. En principio no creo que hagan nada salvo que interpongas una queja formal contra el abogado por infracción del código deontológico (lo cual yo creo que únicamente sería viable si puedes acreditar con algún email/whatsapp/audio el precio fijado).
Finalmente, ni qué decir tiene, siempre pedid a vuestro abogado la hoja de encargo (presupuesto) firmada por ambas partes, tras la consulta inicial y antes de que realice ninguna actuación. Ahí se debe hacer constar el precio pactado.