Rajoy planta cara a la consulta

OneKAME

#148

Yo lo he entendido perfectamente, y he usado unos argumentos jurídicos que son tan validos como que son los empleados por el propio TC en esta cuestión, por unanimidad.

Cito literalmente:

"el reconocimiento al pueblo de Cataluña de la cualidad de soberano, no contemplada en nuestra Constitución para las nacionalidades y regiones que integran el Estado, resulta incompatible con el artículo 2 de la Constitución Española, pues supone quebrar por su sola voluntad lo que la Constitución declara como su propio fundamento en el citado precepto constitucional: 'la indisoluble unidad de la Nación española".

Los doce magistrados señalan que "si en el actual ordenamiento constitucional solo el pueblo español es soberano y lo es de manera exclusiva e indivisible, a ningún otro sujeto y órgano del Estado o a ninguna fracción de ese pueblo puede un poder público atribuirle la cualidad de soberano".

El Pleno concluye que "el planteamiento de concepciones que pretendan modificar el fundamento mismos del orden constitucional tiene cabida en nuestro ordenamiento, siempre que no se separe o defienda a través de una actividad que vulnere los principios democráticos, los derechos fundamentales o el restos de los mandatos constitucionales, y el intento de su consecución efectiva se realice en el marco de los procedimientos de reforma de la Constitución".

Para el resto, la sentencia de 2010:

http://www.tribunalconstitucional.es/es/jurisprudencia/paginas/Sentencia.aspx?cod=16273


Yo creo que no es tan dificil de entender no? A ver si con un krokis os entra en la cabeza.

¿Sería una decisión de especial trascendencia? SI
¿Podría votarse? Discutible, pero si, previa autorización, siempre y cuando las preguntas fueran distintas, aunque el fin sea el mismo. Ya que con esas preguntas se excluye la voluntad popular en la que reside la soberania nacional.

¿Podrían votar solo los catalanes? NO, categorica y definitivamente.

A ver si nos entra en la cabeza, el hecho de que se le llame o no vinculante, NO es una carta de libertad absoluta para saltarse todo el ordenamiento. Como si la quieren llamar encuesta de opinión pública - sin efectos - sin remuneración - sin alcohol.

PD: Entiendo que para ti no pinte nada, porque eres un lego en la materia, pero cuando tengas ganas de aprender, lees.

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ChaRliFuM

#146 Un referéndum puede ser convocado a nivel nacional a nivel autonómico o incluso a nivel provincial. La Ley 2/1980 desarrolla perfectamente las modalidades de referéndum. La clave está en que cualquier referéndum que se celebre, ya sea a nivel nacional, autonómico o local, debe de ser aprobado por el Estado (dependiendo de la situación le corresponde al Gobierno o el Congreso). De hecho en España ya se han celebrado anteriormente referendos a nivel autonómico. Lo de la soberanía es curioso que lo menciones porque precisamente el concepto de soberanía implica que es el propio pueblo quien elige sus gobernantes, sus leyes, etc lo cual implica tener en cuenta la opinión de la gente. Si te fijas, en mi primer post cuando defiendo mi postura lo que precisamente indico es que la consulta tiene que realizarse a 3 niveles. 1º: saber si el pueblo catalán quiere la independencia, 2º: saber en qué condiciones y 3º: ver si el resto de españoles están de acuerdo. No creo que este debate siga teniendo mucho sentido cuando el problema fundamental de este asunto es la falta de compromiso político de los gobernantes que pasan olímpicamente de abordar la cuestión mediante el diálogo.

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Ulmo

#151 he usado unos argumentos jurídicos que son tan validos como que son los empleados por el propio TC en esta cuestión

Si claro, "argumentos jurídicos" como por ejemplo:

Ejemplo1
Ejemplo2:

Etc, etc, etc.

Lo mismo que pasa exactamente ahora, en donde se pretende prohibir una consulta puramente informativa con argumentos de soberanía nacional, cuando es algo que no se esta modificando.

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OneKAME

#152 No veo nada jurídico en lo que dices, mucha opinión y ninguna Ley en donde sustentarlo.

#153 Estas familiarizado con la palabra jurisprudencia? La analogía? La única razón por la que uno esta y el otro no, es porque uno se recurrió en ese articulado y el otro no.

Pero eso esta ya mas que hablado, y reiterado que a efectos prácticos carece de ningún tipo de efecto jurídico

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Ulmo

#154 Pues exactamente lo mismo que sucede ahora, si el gobierno andaluz estuviera preguntando a sus ciudadanos si están deacuerdo o no con el régimen fiscal, absolutamente nadie recurriría la pregunta porque se argumentaría que es simplemente eso, una pregunta.

Sinembargo como por obra de magia si lo hacen los catalanes parece que algo tan simple como dar tu opinión atenta contar la soberanía nacional. Pese a que sea cual sea la opinión que den los catalanes, esta no vaya a cambiar absolutamente nada a nivel legislativo, territorial o cualquier otra cambio que puedas imaginar.

ChaRliFuM

#154 La argumentación jurídica de este asunto tampoco es que pueda ir mucho más allá de una serie de artículos de la CE y la STC sobre el Estatuto de Cataluña. No hay que ser ningún catedrático en Derecho Constitucional para saber esto.

El caso es que no se puede pretender tener la verdad absoluta en base a interpretaciones del TC, como jurista que eres deberías de saber que dependiendo de por dónde les dé el aire a los señores magistrados, la CE se interpreta en un sentido u otro. Hay jurisprudencia contradictoria como para llenar una estantería y si ayer dijeron una cosa quizás mañana digan otra. Dicho esto:

Lo que el TC considera inconstitucional es que Cataluña pueda avocar competencias que están reservadas al Estado; considera inconstitucional que Cataluña "secuestre" la soberanía nacional y en definitiva, lo que se considera inconstitucional es que Cataluña aborde la cuestión del referéndum y de la independencia de forma UNILATERAL, una cosa que no mencionas y que sale reflejada en la sentencia es que el TC sí considera constitucional el "derecho a decidir" como aspiración política, matizando que derecho a decidir y derecho de autodeterminación no van ligados entre sí. Como puedes comprobar, la clave de todo esto está en que Cataluña no puede abordar la independencia de forma unilateral, que es básicamente lo que yo llevo resaltando desde hace rato, pero que no pueda hacerlo de forma unilateral no significa que no pueda hacerse bajo ningún tipo de condición.

Es obvio que en el hipotético caso de que se produjera un referéndum y dieran la aprobación el conjunto de ciudadanos, lo que habría que abordar es una reforma de la CE. Por eso llevo diciendo desde el principio que este asunto no se soluciona a base de convocar referendos ilegales o a base de impugnar ante el TC cualquier disposición que Cataluña pretenda aprobar, la solución pasa por proceso de diálogo y negociación en el que obviamente han de incluirse las consultas al pueblo.

En cualquier caso, lo que los catalanes deben de tener en cuenta es que la única solución posible es ponerse a hablar, explicar al resto de españoles por qué quieren irse, intentar convencerlos de que es lo mejor y esperar a que el partido que esté en el Gobierno tenga ganas de alcanzar una salida. Y lo que tenéis que tener bien claro es que sin el consentimiento del resto de España, no vais a poder independizaros, así que mi consejo es que empecéis por enterrar el hacha de guerra, dejéis de justificar los males de Cataluña en base a los supuestos agravios realizados por España y tratéis de explicar a la sociedad española que lo mejor es que cada uno siga su camino.