Nunca me lo había planteado...
Si eres de los gordos, te creas una empresa en la que rediriges tanto los ingresos de las plataformas de stream, como publicidad, gestión y luego metes en ella todos los gastos de coches, casas, putas y drogas.
Pero hay quien gana pasta sin ser su empleo principal.
Si por ejemplo eres, yo qué sé, abogado, y tienes tu canal... Pagas autónomos igual por sus ganancias?
#10 El mínimo es 0€. Es decir, aunque no tengas beneficios tienes que pagar si es tu actividad profesional. E incluso si es esporádica. Lo que se dice siempre de "si no pasas del SMI o no es tu actividad habitual" es más bien una situación que no te evitaría ir a juicio a pelear contra la Seguridad Social si estos te reclaman los pagos no realizados porque son interpretaciones de la ley y no hechos objetivos.
Vamos, lo que dice #11, que se me ha adelantado
#14 Calla que como se entere el gobierno se marca una ley rider para youtubers y nos quedamos sin youtube en españa xD
#14 Tecnicamente no xD, normalmente los youtubers con cierto exito la parte que ingresan de youtube es pequeña en comparacion a otras fuentes como campañas, twitch, etc...
#9 en ese caso también, pero planteas mal la pregunta.
Una cosa es la cuota de autónomos que es el pago a la seguridad social, y otra el IRPF que depende de lo que ganas. El IRPF hay que pagarlo sí o sí. La cuota de autónomos en ese caso, si trabajas como abogado por cuenta ajena también tienes que pagarla, PERO como por trabajar por cuenta ajena ya vas a estar dado de alta en la seguridad social, y hay un máximo de 14.000€ anuales que se pueden pagar a la seguridad social en cualquier caso, te pueden devolver en la renta hasta un 50% de las cuotas del RETA.
Si como abogado ya eras autónomo no tienes que pagar dos veces a la seguridad social, creo que solo hay que dar de alta en hacienda la otra actividad para pagar el IRPF.
Y luego está un tema que siempre se dijo pero no está tan claro, que es que si se considera que es una actividad ocasional o no profesional, no es necesario ser autónomo, y eso se suele medir según el volumen de ingresos, si es más del SMI hay que darse de alta sí o sí, pero yo creo que aunque sea menos, te van a hacer pagar igualmente (si quieres llevarlo todo legalmente, otra cosa es que te pillen o no).
#7 pero en ese caso palmas más pasta aún con la seguridad social porque tienes que ser autónomo societario no? xD Otra cosa es lo que haya que pagarle a Hacienda.
#14 normalmente los youtubers no se ganan la vida con lo que reciben por anuncios y membresías de YT sino vendiendo otros productos como cursos, libros, merchandising, además de referidos de amazon y otras tiendas, patrocinadores aparte de youtube, y bolos varios. No tiene nada que ver con la situación de un repartidor de glovo.
#18 Eso es como si digo que el sueldo de repartidor de Glovo no da para vivir, que la gente de Glovo también reparte paquetes de Amazon, hacen pequeños recados o trapichean con droga.
#19 no, no tiene nada que ver. Y si investigas un mínimo verás que en general es una situación que no tiene nada que ver.
#7 Jorge Javier Vázquez y Messi te vana explicar por experiencia propia lo contrario xD
#21 Pero la casa del youtuber es su lugar de trabajo
los otros noobs trabajan fuera de casa
Cuota de Autónomos y el IRPF trimestral, creo que Twitch te paga en dollares desde EEUU, por lo que no te haría falta estar dado de alta en el IVA pero vamos..
#24 nooo, solo te puedes desgravar la zona donde grabas
Típico ejemplo de abogado con despacho en casa, solo el cuarto no la casa entera.
Ni os imagináis lo asquerosamente definidos que están algunas cosas.
Por supuesto, y los instagramers, tiktokers y demás influencers random también.
Cualquier "promoción" que hacen tiene su contrato con una agencia (o ellos mismos) y por tanto su factura.