Plantar Maria, legal?

KickGold

Buenas, he tenido una charla con mis padres, mi madre es americana y mi padrastro canadiense, y ninguno fuma, por lo cual no saben la legalidad de plantar.
El tema es que quiero plantar en casa, y me han dicho que si les puedo mostrar documentos legales donde ponga que tener plantas para consumo propio es legal, me dejarán plantar. He mirado un poco por google por encima y tal pero encuentro sobre todo foros y cosas de gente que habla de sus experiencias, pero nada oficial, vosotros sabeis donde mirar?

Thx.

RaidenMLG

Tienes que pedirlo en la comisaria.

V.. si lo de Ramon es por mi Avatar... te dire que se llama Roberto

-SHolmes-

Tienes que pedirlo en la comisaria

Super Ramón sí que sabe

Se llamará como yo diga que se llame! xD

Ese es el de la escopeta de caza, ¿no? XD

Dj_Sergio

tu plantalas sin mas, siempre y cuando no den mucho el cante desde el balcon..

kEweR

claro k se puede, una y dos y tres

KickGold

Ya imaginaba que se podia, el tema es que no se donde lo pone, para poder demostrarlo.

sn0k

hasta 3-4 (no lo se esactamente) plantas por adulto.

edit: si pasas de esa cifra, segun la ley ya es para venta, que es lo que esta penado. Es legal, solo si es para consumo propio y en tu casa.

GeilofolieN

no es legal.

Pero tampoco es delito te podrian poner una multa admin istrativa por plantar aunque sea una sola planta.

Pero lo normal es que si son pocas no pase nada yo planto todos los años en mi balcon.

wiFlY

A ver, lo del nº de plantas es lo que la ley entiende por autoconsumo... tu puedes tener 900 plantas que si demuestras que te lo fumas todo no te pueden hacer nada...

PD.: 900 por poner un nº, pero en la realidad, no vas a poder demostrar que te fumas 900 plantas.

X

#9 y si te pillan con 10 kg de coca tambien puedes decir que es para consumo propio no? xD

Como dijo Aldous o Furypapas recientemente, si lo que llevas encima puede matarte, eres traficante.

en cuanto al thread, por 2 o 3 plantas no te van a decir ni media.

Por otro lado, ahora es cuando las plantas están cogollando, si piensas plantar ahora ve comprando bolsas de basura para tirar la tierra que gastes.

bruges3

ES legal tener 5 plantas por cada persona. Vaya, que si sois tres tienes derecho a tener 15 plantas.

Y si quieres tener más, pues escondelas un poquito y no te diran nada

wiFlY

#10 Si llevas 10Kg de coca encima ante todo eres idiota.

Ademas, estamos hablando de plantas, no de la droga en si, ya que una planta se considera susceptible de ser sustancia estupefaciente.

No se si te das cuenta de que tu puedes tener tus plantas para fumartelas tu. Las tienes en tu casa y las consumes en tu casa. No es lo mismo que llevar un pollo de far en el bolsillo.

Aprende a distingir las cosas... y no digas tonterias, porque por tener 1 puta planta y 1 vecino muy cabron ya te la pueden liar.

#13 claro.... si no fumara yerba... estaria todavia mas ciego.

George-Bush

pero es para uso terapeutico no ?

Kaiserlau

#1 eres adoptado?

Pd:no es legal

101010

Es legal, tan solo pon 1 planta de maria y unas cuantas de otros tipos y dices que la tienes para adornar, te gustan las plantas y tienes de distintos tipos.

Tendrán que creerte huhu!

krispi

Una vez lei que es ilegal, pero no lo lei una contestacion de un tio, no, lei un conjunto de leyes en torno a eso y es ilegal, ya sea 1, 1/2, o 400 plantas

ArkaniK

Maximo 3 plantas y k no superen el 3% d thc cada una.

Symila

Hombre, si Joan Laporta...

PD: Sí, acabo de pasarme por el post de chistes.

mohikano

OJO! La gente se piensa q se pueden plantar 2 o 3... pero NO, NO ES LEGAL LA TENENCIA DE CANNABIS en españa Nisiquiera una planta.... Pero tampoco constituye delito.. siempre y cuando la cantidad de sustancia fumable de la planta o plantas en cuestion corresponda con la cantidad q tu fumas... ejemplo:

Si la cantidad de plantas t suman 50 KG de materia bruta... por mucho q digas q es para autoconsumo.. como comprenderas... no se lo cree ni el tato xDD

si en cambio la cantidad de materia bruta generada por la planta corresponde con lo q tu podrias fumar..... entonces no pasa nada

mohikano

#17 Eso del 3% de THC te lo inventastes no? xD No conozco ninguna planta con 3% de THC y No conozco nadie q la plante con 3% d THC... lo minimo q conozco q la gente plante es 8% y con el CBD muy bajo

Por cierto... antes q aqui.. mirate en www.cannabiscafe.com y mira en el foro d leyes y tal.. tienes unas cuantas sentencias..q han salido a favor d la gente q planta para autoconsumo...

PD: Y no plantes ahora... esperate a marzo o asi... q es la fecha.. yo tengo unas cuantas moby dick listas y frescas para marzo... ^^

A

Wait a moment, que me voy a mandar un copia&escribe de cojones.

ArkaniK

#20 yo es lo k oido, sin mas, pero dejo aki un lick d la ley;
http://www.geocities.com/Athens/Crete/7892/cannabis/ley.htm

A

No sé de dónde sacáis esas movidas de 3 ó 5 plantas máximo. Transcribo un trozo de un libro que tengo sobre cannabis; esta parte en concreto la firma Rafael Ramos Rodríguez, abogado.

IX.5. Conductas no prohibidas pero arriesgadas.

Parece innecesario referirse a la proliferación en estos últimos años de casos en los que los consumidores se abastecen de la sustancia que usan cultivándola ellos mismos. La significación juridica de esta conducta es clara: no constituye delito alguno. La razón viene dada por el papel que juega el consumidor ante el derecho penal. Como ya hemos visto, consumir drogas no es un delito, a lo sumo constituirá una infracción administrativa, por lo que cualquier conducta relacionada con ese consumo no será un delito. Ésa es la razón por la que, aunque el propio Código Penal recoja la expresión «ejecutar actos de cultivo», dicho cultivo sólo será delito cuando lo que se vaya a obtener, en todo o en parte, sea destinado al consumo de otros y no al propio del cultivador.

En esta conducta vemos de nuevo que no se atenta contra ley alguna. Como ya hemos dicho (y viene corroborado unánimamente por los tribunales), no se está cometiendo un delito porque la sustancia que se va a conseguir es para el propio consumo. Por otra parte, no se comete infracción administrativa, al menos no de las recogidas en la L.O. de Protección de la Seguridad Ciudadana, pues la tenencia se produce en un lugar privado. Y, por último, no hay un tercero que sí pueda estar cometiendo un delito, puesto que nadie accede a suministrar la sustancia.

Si calificamos esta conducta de arriesgada es porque, en la inmensa mayoría de los casos en los que han sido detectadas plantas de marihuana por las fuerzas y cuerpos de seguridad, los cultivadores han sido detenidos (la policía y la guardia civil sostienen que tienen obligación de intervenir porque se está cometiendo un delito, siguiendo la redacción literal del Código Penal) y se han visto inmersos en un procedimiento judicial, acusados de un delito contra la salud pública. A partir de aquí, la casuística es variada: ha habido juicios contra cultivadores que tenían una, dos o tres plantas, mientras que a otros con veinticinco se les ha archivado la causa sin tener siquiera juicio. Se ha condenado a gente con ocho plantas y se ha absuelto a otros con treinta.

Dependerá, en definitiva, del criterio personal de cada juez considerar que esa marihuana estaba destinada al propio consumo (en cuyo caso habrá una sentencia absolutoria o, incluso, el archivo del procedimiento judicial sin llegar a juicio), o bien que toda o parte de esa marihuana estaba dedicada al tráfico (lo que ocurre, normalmente aunque no siempre, cuando se estima que la marihuana que se pudiese obtener del cultivo sobrepasa el consumo anual del cultivador, o se tienen útiles sospechosos como balanzas de precisión, cuadernos con anotaciones de ventas, múltiples bolsitas de plástico, antecedentes penales por delitos de tráfico de drogas, etc.).

Por citar algunos datos, en el caso de socios de A.R.S.E.C.A. (Asociación Ramón Santos de Estudios del Cáñamo de Andalucía) y a 31 de marzo de 2005, han sido detenidos un total de 37 cultivadores, de los cuales diez están a la espera de juicio o del archivo de su causa. De los restantes 27, uno fue condenado y precisamente con una cantidad de plantas de marihuana inferior a la que tenían la mayoría de los absueltos. Por eso afirmamos que ésta es una conducta arriesgada. Por último, de los 26 restantes, todos han sido absueltos o han visto archivadas sus causas.

Fuente: Colectivo Interzona: Cannabis. Amargord, 2005, pp 113-115.

F

Es legal lo que diga el juez.

Él decide si es cultivo o no.
Él decide si es para consumo propio o para tráfico.

Fin.

#23 Serás más rápido, pero lo mío es más conciso xD

Masackre

#24 pero aunque el juez declare q no era para venta, la multita de 300 te la meten igual, y de la maria te puedes ir olvidando, asi q lo de legal es "a medias", o eso tengo entendido.

Lo bueno de plantar en interior esque es casi imspoble q te pillen., si lo haces en la terraza y se ve ya si q puedes tener algun problemilla.

F

#25 En un lugar privado y sin acceso directo de gente de fuera es totalmente legal.

La multita de 301 euros es sólo por posesión o consumo personal en la lugares públicos. En casa básicamente uno hace lo que le da la gana.

DeFiNiTioN

Di que te gusta la cocina y vas a plantar especias.

A

#24, mi texto lo firma un abogado y le da más credibilidad :P

Txentx0

#28 porque la gente se pierde leyendoselo

GaBoK

supuestamente cada persona puede tener un máximo de 3 plantas o algo asi. Fuera aparte, el consumo de drogas en un lugar privado que no esté de cara al publico es totalemente legal, aparte que nadie se entera.